Fiesta en Olivos: la Cámara de San Martín rechazó el pedido de inconstitucionalidad de los DNU de Alberto Fernández

Lo había solicitado la defensa de Stefanía Dominguez, una de las imputadas. El Tribunal sostuvo que los decretos responden “estrictamente a una cuestión de política pública nacional en materia de salud”

La foto del cumpleaños de Fabiola Yañez en plena cuarentena estricta

La Cámara Federal de San Martín rechazó hoy un pedido de inconstitucionalidad de los DNU del presidente Alberto Fernández que había planteado la defensa de una de las imputadas en la causa por la Fiesta en Olivos. El tribunal convalidó la decisión del juez federal Lino Mirabelli y sostuvo que los decretos responden “estrictamente a una cuestión de política pública nacional en materia de salud”.

A fines de agosto, el abogado Mauricio D’Alessandro, defensor de Stefanía Dominguez, había pedido que se declare la “inconstitucionalidad” de los decretos de necesidad y urgencia que establecieron la prohibición de circulación y desplazamientos como medida preventiva para contener la pandemia. “No existieron circunstancias excepcionales en cuanto al funcionamiento y ejercicio de las legales y constitucionales facultades legislativas, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previsto por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”, sostuvo en ese momento.

Hace un mes, el juez Mirabelli rechazó el pedido de inconstitucionalidad. “No se advierte prima facie la necesidad de invalidad los decretos de necesidad y urgencia cuestionados, toda vez que no aparecen irrazonables frente al caso concreto, a raíz de la posible colisión con otros principios constitucionales en juego, ni la defensa se ha ocupado de argumentar y demostrar dicha situación”, sostuvo el juez. En esa resolución mencionó los decretos 260, 297 y 576, todos del 2020.

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El tema llegó a la Cámara de San Martín, que hoy ratificó lo dicho por el juez en virtud del contexto de la pandemia: “Las restricciones a la circulación que impuso el Decreto de Necesidad y Urgencia cuestionado -y sus respectivas prórrogas- constituyen un acto del Estado Nacional, dictado por uno de sus poderes en pleno uso de sus facultades constitucionales (artículo 99.3 de la CN), con la finalidad de evitar la propagación del COVID.19, cuyo brote fue declarado como pandemia por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020″.

Alberto Fernández propuso donar la mitad de su sueldo durante cuatro meses al Instituto Malbrán como compensación

El 14 de julio del año pasado Yáñez festejó en la quinta de Olivos su cumpleaños. Estuvo Alberto Fernández con nueve amigos de la Primera Dama. Fue durante la cuarenta más estricta por la pandemia del coronavirus y cuando un decreto presidencial prohibía las reuniones sociales en todo el país. La foto primero y luego unos videos del cumpleaños se conocieron este año, lo que derivó en una causa penal que primero tramitó en los tribunales de Comodoro Py y luego pasó a la justicia federal de San Isidro, donde se encuentra actualmente.

Hace una semana, el juez Mirabelli rechazó el pedido de “falta de acción” que había planteado el Presidente como abogado en causa propia. “Todo ello denota una actividad jurisdiccional, no sólo necesaria e incompatible con los estándares de una atipicidad manifiesta y palmaria como la invocada, sino, además, ajena al carácter de la excepción propuesta, tal como lo demuestra, incluso, la misma discusión respecto de la eventual repercusión jurídica de los hechos en cada caso”, señaló.

Esta semana, Alberto Fernández designó a dos abogados en el expediente y decidió no apelar ese fallo.

Luego de la feria de enero, la Justicia comenzará a analizar el capítulo de las reparaciones económicas. En agosto, el jefe de Estado propuso donar la mitad de su sueldo durante cuatro meses al Instituto Malbrán.

El abogado de la primera Fabiola Yañez, Juan Pablo Fioribello, confirmó hoy en Infobae que también ofrecerá una reparación. “Puede ser la compra de un respirador o el pago de unos días de una internación en terapia intensiva“, dijo.

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