Causa Cuadernos: la Oficina Anticorrupción apeló un fallo en favor de Techint que benefició a Cristina Kirchner

Es la resolución de la semana pasada que dictó la falta de mérito del empresario de Techint Luis Betnaza y que terminó mejorando la situación de la vicepresidenta, Julio De Vido y otros imputados. La OA insiste en que se mantengan sus procesamientos

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(Nicolás Aboaf)
(Nicolás Aboaf)

La Oficina Anticorrupción apeló este lunes el fallo que revocó el procesamiento por cohecho de Luis Betnaza, director de Techint en la causa de los cuadernos. Con esa presentación, la OA también pidió que queden firmes los procesamientos de la vicepresidenta Cristina Kirchner, su ex ministro de Planificación Julio De Vido, el ex secretario de éste, José María Olazagasti; el encargado de coordinación Roberto Baratta y el ex titular del OCCOVi, Claudio Uberti.

La presentación, a la que accedió Infobae, fue realizada ante el juez Marcelo Martínez De Giorgi, que la semana pasada había revocado los procesamientos dictados en el capítulo Techint de la causa cuadernos. Ese fallo había dispuesto dictarles la falta de mérito a los involucrados solo por los hechos que involucraban a Techint, mientras se profundiza la investigación en busca de saber si los pagos efectuados por ese grupo, descubiertos en los cuadernos de Oscar Centeno, “pudieron estar vinculados con razones de emergencia en el contexto de la nacionalización de la empresa SIDOR en la República Bolivariana de Venezuela”.

Ahora, la OA -en su rol de querellante- reclamó a la Cámara Federal que los procesamientos queden firmes mientras se esclarezca esta cuestión, e hizo hincapié en que -más allá de las justificaciones- fue el propio Betnaza el que admitió en la causa ante el fallecido juez Claudio Bonadio que había entregado ese dinero a funcionarios del gobierno de Cristina Kirchner.

“A esta altura el estado justificante en que pretende colocarse Betnaza no alcanza para disponer su falta de mérito ni la de sus coimputados”, sostiene la presentación del organismo que dirige Felix Croux.

Según los abogados de la OA, de los dichos de Betnaza, en indagatoria y de Héctor Zabaleta -ex director de Administración de Techint- en su acuerdo como arrepentido está claro que existió “el pago de dinero a funcionarios públicos”. Ambos aseguraron que ese dinero se entregó durante “el proceso de nacionalización que realizó la República Bolivariana de Venezuela a una de las plantas del grupo Techint”

“Imputados y hecho están definidos por quienes dicen haber pagado -sostuvo la OA-. La diferencia en la situación de Zabaleta es que éste se coloca como una especie de instrumento utilizado por Betnaza para pagos espurios, previamente acordados por éste último, sin que pueda descartarse la participación en los hechos de Paolo Rocca, CEO del grupo Techint”. Bonadio había procesado a Rocca pero la Cámara Federal revocó esa decisión en abril de 2019.

Paolo Rocca (Maximiliano Luna)
Paolo Rocca (Maximiliano Luna)

La OA continuó: “No hay que ser muy perspicaz para apreciar que la defensa de Betnaza pretende situar a su pupilo como una víctima de exigencias ilegales y que habría actuado coaccionado o bajo un estado de necesidad justificante. Pero esta construcción a la que apunta la defensa colisiona seriamente con el hecho que a la par que se daba la supuesta crisis humanitaria en Venezuela, se estaba negociando una millonaria indemnización producto de la expropiación. Por otra parte, la situación descripta por Betnaza y su ‘eventual’ constatación, en modo alguno aliviana la responsabilidad de los funcionarios en los hechos”.

La presentación sostuvo que “la defensa presentó documentación que hace a la nacionalización de su planta en Venezuela y ofreció el testimonio de personas que aparecen relacionadas con el grupo empresarial al que pertenecen Betnaza y Zabaleta”, pero resaltaron que, a diferencia del fiscal Carlos Stornelli, las querellas insistieron en acusar por el delito de cohecho en el auto de elevación a juicio.

En la apelación se citó la postura de la propia OA cuando quien encabezaba el organismo era Laura Alonso y se pidió que el caso fuera a juicio: allí se sostuvo que “esta causa es muy singular porque se inició a partir de lo que se pagaba en conceptos de sobornos” y que no importa las razones del pago porque “lo que configura el hecho es el pacto corrupto”, y porque “tampoco es posible establecer que se actuó bajo la amenaza de sufrir un mal grave”. Fue así que repasaron las palabras de Zabaleta que decía haber pagado porque Baratta lo amenazaba con cortar el gas de sus empresas o la importación de tubos de China, pero -según la OA- los dos estaban cumpliendo con un pacto previo hecho por sus superiores. “

Tanto Paolo Rocca y el mismo Betnaza son importantes empresarios, con mucha trayectoria, que pueden reunirse con presidentes o llamarlos telefónicamente y ser atendidos por más que éstos no se encuentran en el país. Lo que se quería es que miembros de la organización criminal local”, es decir la asociación ilícita que se le atribuye haber liderado a Cristina Kirchner, “hiciesen algo relacionado a sus deberes, que era intervenir de acuerdo a sus obligaciones en procura de defender los intereses de los nacionales en el extranjero, intereses que podían ser humanitarios, pero también patrimoniales. Estaban pagando para que se defendieran los intereses de la empresa en el extranjero”, señaló la OA.

La querella recordó que fue “el propio Betnaza quien reconoció en el sumario la existencia de reuniones con funcionarios nacionales vinculadas a la indemnización” y afirmó que “nada de esto siquiera fue tratado” por el juez Martínez De Giorgi al revocar los procesamientos.

Felix Crous, titular de la OA
Felix Crous, titular de la OA

“Están los que dicen haber pagado coaccionados y que se amparan en una causal justificante, Betnaza. Por el otro lado, los que acordaron los pagos, los que los recibieron y los que habrían realizado alguna actividad en función de sus cargos ante las autoridades venezolanas -se sostuvo-. Respetuosamente, estas falencias descalifican” el fallo dictado la semana pasada “y produce un retroceso en el trámite de la causa que afecta el debido proceso, porque con fundamento aparente revoca procesamientos que estaban firmes”.

Por último se agregó: “Esta parte y la querella de la UIF ya produjeron requerimientos de elevación a juicio, que ahora por la decisión de dictar faltas de mérito, entran en un limbo. No son actos nulos (...) Si el Sr. Fiscal mantiene su postura de no requerir, es posible que la causa continúe con el sólo impulso de las querellas, de ahí que no debe alterarse el estado de las cosas, y en todo caso el Juez debió advertir esta situación y congeniar lo que erradamente a nuestro criterio decidió al revocar los procesamientos confirmados por la Alzada, manteniendo como actos válidos y vigentes aquellos vinculados a los imputados que fueron requeridos. Esto también genera un agravio, porque viola el debido proceso”.

Tras esta presentación, el tema quedará ahora a estudio de la Sala I de la Cámara Federal, a cargo de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.