El fallo que absuelve al general Milani: argumentos penosos y silencios dramáticos

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La absolución de César Milani, hace un mes, tuvo alto impacto por el desenlace judicial en sí mismo –es el primer caso relacionado con su papel en la dictadura- y también por su reacción. El ex hombre fuerte de la inteligencia militar buscó mostrarse como víctima de persecución política y la relacionó con definiciones suyas al asumir como jefe del Ejército durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner. Hubo quejas por la resolución judicial. Y todo quedó atado a la espera de la difusión de los fundamentos, que normalmente es postergada por razones de práctica. Ahora acaban de ser conocidos: algunos argumentos de dos de los tres jueces del tribunal sorprenden, inquietan por las sombras que proyectan. Se verá qué pasa en la instancia de Casación.

La decisión fue tomada por el Tribunal Oral Federal de La Rioja, en el caso –demorado largamente por diversos factores y presiones- del secuestro y tortura de Pedro Olivera y su hijo, Ramón Alfredo, en marzo de 1977. Fueron dos de los muchos episodios de la represión ilegal en aquella provincia y, en rigor, el capítulo de Milani fue parte de una causa más amplia que involucra a una docena de militares y a un ex juez.

Dos jueces del tribunal, Julián Falcucci y Jaime Díaz Gavier, lo absolvieron por todos los cargos: allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad y tormentos. El otro juez, Enrique Lilljedahl, consideró que era culpable de las dos primeras imputaciones y se pronunció por una condena de cuatro años.

Pedro Olivera fue detenido ilegalmente y liberado dos días después, en grave estado de salud como consecuencia de las torturas. Los testimonios y los hechos dicen que buscaban al hijo, secuestrado y luego detenido en diversas cárceles, con interrogatorios repetidos y una declaración inicial bajo tortura, según denunció incluso en la dictadura.

César Milani a la salida de Tribunales (Télam)
César Milani a la salida de Tribunales (Télam)

El fallo que trascendió ahora incluye varios argumentos realmente llamativos. El primero de ellos es darle un marco de legalidad – "formalidad legal", dice el escrito- a lo ocurrido con los Olivera. Define el operativo como un episodio enmarcado en "la averiguación de un hecho presuntamente subversivo" bajo las leyes vigentes de la dictadura. El término subversivo es un dato de época.

Muchos casos, recuerda un ex juez federal de larga experiencia en juicios contra represores, exhiben la muy borrosa línea que separaba lo presuntamente legal de lo absolutamente clandestino. No existieron en general situaciones de detención en un mismo lugar con presos "blanqueados" –la mayoría, bajo la forma de detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional- y de desaparecidos, pero sí el pasaje de una a otra situación. Y además, las torturas e interrogatorios ilegales eran perpetradas también cárceles, como la de La Rioja, conocida como Instituto de Rehabilitación Social (IRS).

Por allí pasaron los Olivera. El fallo da por probado que en el IRS "se torturaba a detenidos", pero agrega en el mismo párrafo que "también era el único lugar posible para alojar a un detenido legal en La Rioja Capital". Cuesta suponer que esto no fuera conocido por los integrantes de las fuerzas que participaban de tales "procedimientos", cuando incluso testimonios y denuncias en plena dictadura señalaban las peores prácticas del régimen militar, en cárceles y centros clandestinos.

Además de expresar que no existen elementos para involucrar a Milani en ninguno de los casos, la resolución de los dos jueces que se expresaron en mayoría pone en tela de juicio las denuncias. Sugieren una trama que se fue armando "a lo largo del tiempo", en base a testimonios que "fueron completando y rellenado vacíos y contradicciones originales". Resulta llamativo porque la primera denuncia de Ramón Alfredo Olivera fue hecha y consta en un expediente de 1979, en plena dictadura.

Para completar, los jueces referidos aluden de hecho a la situación jerárquica de Milani en esa época, como integrante de la franja de oficiales de rango menor que cumplían órdenes de los mandos superiores. Algo también llamativo porque, más allá del señalamiento del plan sistemático de represión, ese tramo del escrito gira en los márgenes de la obediencia o del desconocimiento de lo que ocurría.

Conocidos tales fundamentos, la absolución será apelada ante la Cámara de Casación. Se verá cuánto demora ese trámite. En lo inmediato –hacia mediados de octubre, según la última fecha conocida-, Milani deberá enfrentar otro juicio, en Tucumán, por encubrimiento agravado de la desaparición y muerte del conscripto Alberto Ledo.

Hebe de Bonafini junto a César Milani (Revista Ni Un Paso Atrás)
Hebe de Bonafini junto a César Milani (Revista Ni Un Paso Atrás)

El militar fue cuestionado con diferente grado de firmeza por al menos media docena de organizaciones de Derechos Humanos, aunque no por todas, cuando se discutía su ascenso a la jefatura del Ejército. No son datos nuevos ni las acusaciones responden a una carga de persecución política por haber hablado de un "proyecto nacional y popular", como dijo al conocer esta primera resolución judicial.

Hubo también organizaciones, como Madres de Plaza de Mayo, que lo defendieron y de hecho, lo declararon inocente: una manera de descalificar a familiares de víctimas que remaron muchas veces en soledad. Pocas organizaciones acompañaron esta instancia del juicio oral. Frente a las consideraciones que hace el fallo, el silencio resulta dramático.

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