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Adiós a leyes de pensión de maestros y gratificación CAS: TC confirma que se aplicará nuevo criterio al resolver demandas

Pese al anuncio por parte del Ejecutivo, el magistrado Pedro Hernández precisó que las demandas contra las normas con alto impacto fiscal aún no han sido presentadas oficialmente

Pedro Hernández Chávez es el ponente el caso de Vladimir Cerrón. Foto: TC

El flamante presidente del Tribunal Constitucional, Pedro Hernández Chávez, confirmó que las demandas de inconstitucionalidad anunciadas por el Ejecutivo serán resueltas con los nuevos criterios fijados sobre la potestad de iniciativa de gasto.

“Eso probablemente será parte de lo que ya en concreto analicemos a partir de las pautas que se señalan (en la sentencia que restableció la prohibición de iniciativa de gasto al Congreso)”, declaró Hernández en entrevista con RPP Noticias.

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Como se recuerda, el ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, precisó que el Gobierno de la presidenta Keiko Fujimori llevará al TC cuatro normas por considerar que generan un alto impacto fiscal. Estas son:

  • La Ley 32581, que da pensión de S/3.500,70 a los maestros jubilados y cesantes
  • La Ley 32563, que da gratificación y CTS para los trabajadores CAS
  • La Ley 32424, de homologación del incentivo único CAFAE para trabajadores del régimen del decreto legislativo 276
  • La Ley 32561, que modifica el régimen y cálculo de la pensión de militares y policías
Elmer Cuba - MEF

No obstante, según precisó el presidente del Tribunal Constitucional en entrevista con Canal N, el Ejecutivo aún no ha presentado ninguna demanda. Solo hay una demanda de inconstitucionalidad contra la ley de pensiones para maestros, pero esta fue planteada por el Colegio de Economistas del Perú.

“Entiendo por declaraciones públicas de los funcionarios involucrados que están pensando presentar cuatro demandas de inconstitucionalidad. Pero que yo tenga conocimiento, hasta el día de hoy, estas no han sido presentadas. Me imagino que estarán en pleno proceso de elaboración, qué sé yo. Si nos estamos refiriendo al tema de fondo, que es el tema de iniciativa de gasto, ya mereció una sentencia del Tribunal en la cual justamente se recurrió a la técnica de establecer pautas institucionales aclarando que el responsable de hacienda pública es el Ejecutivo”, apuntó.

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En la misma entrevista con Canal N, Pedro Hernández precisó que el TC “no puede actuar de oficio ni las sentencias pueden simplemente tener una retroactividad”.

“Lo que habrá que esperar, en todo caso, es que si está todavía en el plazo legal para poder cuestionarlas, se interpongan las acciones correspondientes y el Tribunal analizará cada una de estas medidas. Digamos que lo que esa sentencia hizo fue establecer una línea macro general de manejo de esta problemática, y lo otro se verá caso por caso, si es que el proceso llegase al tribunal”, sostuvo.

Prohibición al Congreso

En entrevista con RPP, el presidente del TC precisó que, tras el cambio de criterio sobre la iniciativa de gasto, el Congreso no puede emitir leyes que tengan impacto en la hacienda.

“En principio, las pautas señalan de que eso no sería posible, porque a futuro, un tema como el que usted menciona tendría que pasar por los filtros que hemos puesto, con lo cual estoy seguro que también eso quedará en el camino. La pregunta es qué hacer con lo que ya se creó, ya esa es otra discusión, porque el Tribunal no puede ir de oficio”, declaró Pedro Hernández.

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