Cómo solicitar dispensa para evitar la multa electoral: JNE explica los requisitos

Más de 7 millones de peruanos no votaron en la primera vuelta. El organismo electoral habilitó desde la medianoche la recepción de solicitudes para justificar inasistencias registradas el 7 de junio. Las sanciones económicas oscilan entre S/27,50 y S/110, según el distrito consignado en el DNI

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Una urna electoral del JNE con la palabra 'MULTA' y una moneda de un sol ilustran el costo de no votar en Perú, con siluetas de votantes al fondo. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Más de 7 millones de electores no participaron en la primera vuelta de las Elecciones 2026 a escala nacional, informó Luis Grillo, jefe de la Oficina de Atención al Usuario y Gestión Documental del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Estos ciudadanos, por distintas razones, no acudieron a las urnas en el proceso anterior y ahora deberán atender el trámite correspondiente si buscan regularizar su situación electoral.

En medio del avance del conteo y la revisión de actas a cargo de la ONPE, el funcionario precisó que, por el momento, todavía no es posible establecer una cifra exacta de omisos en esta nueva jornada electoral. Según explicó, el organismo electoral sigue procesando la información de mesa y el cierre definitivo dependerá de la actualización de actas que continúe desarrollándose en las próximas horas. Mientras tanto, el JNE ya habilitó desde las 00:00 horas de este domingo la recepción de solicitudes para la dispensa y justificación de quienes no asistieron a votar el 7 de junio.

Cómo se tramita la dispensa y quiénes pueden solicitarla

Una persona se acerca a la mesa electoral en un colegio electoral el día de la segunda vuelta electoral entre la candidata presidencial conservadora Keiko Fujimori y el candidato de izquierdas Roberto Sánchez, en Lima, Perú. 7 de junio de 2026. REUTERS/Leslie Moreno

Grillo detalló que el procedimiento se realiza principalmente de manera virtual, aunque también existe una vía presencial de forma excepcional. En esa línea, explicó que hay dos tipos de solicitudes: una es la que presenta directamente el ciudadano que no votó y la otra corresponde a las instituciones que remiten la relación del personal que no pudo acudir a sufragar por cumplir labores específicas durante la jornada electoral.

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Entre los casos mencionados figuran los trabajadores de salud, personal del INPE y quienes integran el propio sistema electoral. Estos grupos, señaló el funcionario, también pueden acceder a la solicitud de dispensa o justificación si acreditan que su ausencia en las urnas respondió a obligaciones relacionadas con su función. El trámite, por tanto, no está pensado solo para el votante común, sino también para quienes estuvieron impedidos de participar por motivos laborales vinculados a servicios esenciales o a la organización del proceso.

Grillo también aclaró que los peruanos en el exterior no generan multa cuando la dirección consignada en su DNI corresponde al país de residencia y, además, figuran en el padrón electoral administrado por el consulado. Sin embargo, precisó que esa excepción no aplica para quienes se encuentran fuera del territorio nacional de manera temporal, como en el caso de un viaje. En ese escenario, advirtió, la regla es distinta y la ausencia no queda exonerada automáticamente.

¿Cuáles son las multas por no votar y qué pasa con los miembros de mesa que incumplen?

Una mano sostiene una multa electoral mientras billetes peruanos y una tarjeta de débito se ven sobre una mesa, con una urna de la ONPE desenfocada al fondo, simbolizando las consecuencias de no votar. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El voto es obligatorio en el Perú para los ciudadanos mayores de 18 años, por lo que quienes no participaron en la segunda vuelta electoral están sujetos a una sanción económica. El monto varía según la condición socioeconómica del distrito registrado en el DNI del elector, clasificación que se basa en los criterios establecidos por el INEI. Para este 2026, la multa asciende a S/110 para quienes residen en distritos no pobres, S/55 para los ubicados en distritos pobres no extremos y S/27,50 para los que pertenecen a zonas catalogadas como de extrema pobreza.

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Las autoridades electorales también han advertido que las sanciones pueden acumularse. Esto significa que los ciudadanos que no acudieron a votar en la primera vuelta y tampoco lo hicieron en la segunda deberán cancelar ambas multas para regularizar su situación. El sistema electoral contempla además una penalidad mayor para quienes fueron designados como miembros de mesa y no cumplieron con la función asignada durante la jornada electoral.

En ese caso, la multa alcanza los S/275, equivalente al 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente. Esta sanción se suma a la multa por omisión al sufragio. Por ejemplo, un miembro de mesa que reside en un distrito no pobre y no acudió a votar podría acumular una deuda total de S/385. Asimismo, mantener multas electorales pendientes puede generar restricciones para realizar determinados trámites administrativos, documentarios y financieros hasta que la deuda sea cancelada.