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Elecciones 2026: ¿Cuáles son las restricciones para quienes no regularizan su multa?

La deuda por multa electoral no impide votar en futuros comicios, pero genera restricciones administrativas y legales de alto impacto para los ciudadanos morosos

La segunda vuelta se llevará a cabo este 07 de junio - Créditos: REUTERS/Angela Ponce.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció sanciones económicas para quienes no cumplieron con su deber cívico en las elecciones generales 2026, ya sea por no votar o por no ejercer las funciones de miembro de mesa, incluyendo a quienes rechazaron asumir el cargo de reemplazo. Esta medida busca reforzar la participación ciudadana y garantizar la integridad del proceso electoral, según explicó el organismo.

Si bien no pagar la multa no impide ejercer el voto en futuras elecciones, la deuda ocasiona limitaciones administrativas relevantes. La falta de pago produce diversos obstáculos legales y civiles.

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Consecuencias de no pagar la multa electoral:

  • Imposibilidad de registrar actos civiles (matrimonio, divorcio, viudez).
  • Restricción para intervenir en procesos judiciales y administrativos.
  • Prohibición de realizar trámites notariales y firmar contratos.
  • Impedimento para acceder a programas sociales.
  • Imposibilidad de solicitar licencias de conducir o postularse a cargos públicos.
  • Riesgo de embargo de cuentas bancarias por ejecución coactiva.
Entre las consecuencias del impago destacan la imposibilidad de registrar actos civiles, la restricción para intervenir en procesos judiciales y administrativos, y la prohibición de realizar trámites notariales o firmar contratos - Créditos: Andina.

Etapas del proceso de cobranza

El proceso contempla varias etapas definidas. En primer lugar, se envía una notificación de multa al domicilio registrado en el DNI. A partir de esa fecha, el ciudadano dispone de 15 días hábiles para pagar la sanción o presentar recursos administrativos para impugnar la resolución.

Si la persona decide apelar, el trámite continúa hasta agotar la vía administrativa o hasta que se realice el pago total de la multa, lo que extingue la deuda.

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El Jurado Nacional de Elecciones aplica sanciones económicas a quienes no cumplen con votar o con las funciones de miembro de mesa en las elecciones 2026.

Transcurridos los 15 días sin respuesta, se emite una segunda notificación bajo la modalidad de cobranza coactiva. El ciudadano recibe la resolución en su domicilio registrado y cuenta con 7 días hábiles adicionales para cancelar la deuda. El pago puede realizarse en las oficinas del Banco de la Nación, en la plataforma virtual Págalo.pe o en las cajas habilitadas en las sedes del JNE en Lima y Jesús María.

Quienes mantienen deudas no pueden acceder a programas sociales, solicitar licencias de conducir ni postularse a cargos públicos, lo que limita su participación en la vida civil y laboral - Créditos: JNE.

Si el plazo vence sin regularizar la deuda, el ejecutor coactivo puede aplicar medidas de embargo, de acuerdo con el Artículo 33° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979. Una acción frecuente es la retención de fondos en cuentas bancarias a nombre del infractor.

Cumplir con las obligaciones electorales es un deber ciudadano que evita restricciones legales y protege el acceso a servicios y trámites esenciales.

Pasos para pagar la multa electoral

Atención virtual

  • Accede a https://multas.jne.gob.pe/login para verificar si tienes alguna multa.
  • Ingresa tu número de DNI y consulta si existe una deuda pendiente, así como el motivo correspondiente.
  • Elige el medio para realizar el pago.
  • Para hacerlo en línea, entra a la plataforma Págalo.pe.
  • Selecciona la opción “JNE” y luego “Multas electorales”.
  • Ingresa tu DNI y sigue los pasos que indica el sistema.

Atención presencial

  • Acércate a una agencia del Banco de la Nación y presenta tu DNI en ventanilla.
  • También puedes dirigirte a la caja de la oficina central del JNE (av. Nicolás de Piérola 1070, Cercado de Lima).
  • Elige el método de pago: en efectivo o con tarjeta Visa.
  • Realiza la operación en el canal elegido y solicita el comprobante.
  • Ten en cuenta que no es necesario que la persona sancionada asista personalmente; cualquier tercero puede efectuar el pago con solo presentar el número de DNI.

Tabla de multas por distrito

  • Para quienes residen en distritos catalogados como de extrema pobreza, la multa es de S/27,50 (equivalente al 0,5 % de la UIT).
  • En los distritos identificados como pobres, la sanción es de S/55 (1 % de la UIT).
  • En los distritos considerados no pobres, la multa asciende a S/110 (2 % de la UIT).

Todos los miembros de mesa, tanto titulares como suplentes, deben presentarse a las 6 a. m. el día de la elección. La sanción de S/275 se aplica a quienes no firman la hoja de asistencia, abandonan antes del cierre, llegan después del horario fijado o no cumplen sus funciones como presidente, secretario, vocal o suplente.

Si una persona no vota y tampoco cumple con su deber como miembro de mesa, las multas se suman.

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