El caso por la muerte de la deportista peruana Lizeth Marzano mantiene abierto el debate jurídico en torno a la posibilidad de que Adrián Villar no cumpla una condena efectiva en prisión, pese a haber reconocido su responsabilidad en el atropello ocurrido el pasado 17 de febrero en el distrito limeño de San Isidro.
En ese contexto, en entrevista con RPP, el abogado defensor César Nakazaki confirmó que su patrocinado ha admitido los hechos y que la estrategia legal ya no apunta a discutir la culpabilidad, sino a la determinación judicial de la pena. Según explicó, la sentencia sería inevitable, aunque existe la posibilidad de que no implique ingreso a un penal.
Esta postura fue reforzada por el abogado penalista Carlos Caro, quien había previsto que la defensa de Adrián Villar podría acogerse a la Ley 1595 del 2024, decreto legislativo aprobado durante el gobierno de Dina Boluarte. Dicha norma establece que imputados de hasta 25 años pueden recibir penas de hasta ocho años susceptibles de suspensión, lo que abriría la puerta a una condena condicional en este caso.
¿Por qué podría no ir a prisión?
Nakazaki detalló que el delito de homicidio culposo contempla una pena de entre cuatro y ocho años. A ello podría sumarse un año por fuga del lugar del accidente de tránsito. Sin embargo, indicó que al haber reconocimiento de responsabilidad podrían aplicarse reducciones procesales.
“El homicidio culposo va de cuatro a ocho años. Con las reducciones por aceptación de cargos, la pena debería ser suspendida”, afirmó.
El abogado de Adrián Villar explicó que una pena suspendida implica que el acusado es declarado culpable, pero no ingresa a prisión, siempre que cumpla determinadas reglas de conducta e indemnización civil. De incumplirlas, la condena podría hacerse efectiva.
La edad como factor clave
Durante la entrevista, Nakazaki recordó que el nuevo Código Penal contempla un tratamiento diferenciado por tramos de edad. En el caso de personas entre 21 y 25 años —como Villar, de 21— existe la posibilidad de que una pena menor a ocho años sea suspendida.
“De 21 a 25 años hay posibilidad de que te suspendan la pena si es menor a ocho años”, sostuvo. Además, se podrá tomar en cuenta el hecho de que Villar no cuenta con antecedentes legales.
Esta disposición ha sido vinculada a las modificaciones legales aprobadas durante el gobierno de Dina Boluarte, que permiten la suspensión de penas en determinados supuestos cuando el imputado no tiene antecedentes.
Hoy se define si va a prisión preventiva
El defensor también señaló que si la prognosis de pena apunta a una condena suspendida, no correspondería dictar prisión preventiva. No obstante, aclaró que la decisión final dependerá del juez.
“El juez no puede ir más allá de los marcos que establece la ley”, indicó, al reconocer que el caso genera indignación pública.
La audiencia se reanudará este 4 de marzo en el 33° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima, donde el magistrado deberá decidir si dicta prisión preventiva mientras avanza la investigación por homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente.
Reconocimiento de responsabilidad
Nakazaki reiteró que su patrocinado reconoció los hechos desde el inicio del proceso y que la discusión no gira en torno a la culpabilidad, sino a las consecuencias legales.
“Va a ser una sentencia condenatoria, definitivamente. Lo que está en discusión son los términos de esa sentencia”, puntualizó.
La familia de la víctima ha rechazado públicamente el pedido de prisión suspendida para Adrián Villar. El abogado Julio Mendoza indicó que solicitaron la recalificación del delito a homicidio agravado, con el objetivo de que el responsable de la muerte de la deportista, actualmente detenido de manera preliminar, reciba prisión preventiva.