El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó nuevos límites de captura y condiciones técnicas para la pesca de especies clave en 2026, con base en reportes científicos del Instituto del Mar peruano (Imarpe) y análisis socioeconómicos, para asegurar la sostenibilidad de los recursos y la estabilidad económica de las familias que dependen de esta actividad.
Las recientes resoluciones ministeriales establecen cuotas diferenciadas para la pesca de jurel, caballa, bonito, calamar gigante (pota), erizo, pulpo, tiburón martillo y especies de la familia Mobulidae, entre otras.
De acuerdo con lo informado por el portafolio, la medida busca ordenar el inicio de las temporadas pesqueras, preservar los recursos marítimos y evitar impactos negativos en los ingresos de los pescadores artesanales y de mayor escala a nivel nacional.
Para el año 2026, el límite anual de captura del jurel se fijó en 175 mil toneladas, mientras que la cuota para la caballa alcanza las 84 mil toneladas. Ambas cantidades se distribuyen según el tipo de flota y el período de pesca, en función de la estacionalidad de los desembarques y la participación histórica de los distintos segmentos del sector.
El bonito tendrá una asignación de 40 779 toneladas para el periodo enero-abril, organizada por artes de pesca y tamaños de embarcación artesanal. El ministerio incluyó medidas compensatorias sugeridas por el IMARPE para evitar el deterioro del recurso tras ampliaciones de cuota en años anteriores.
El calamar gigante o pota contará con un Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) inicial de 76 324 toneladas para enero y febrero de 2026. Esta cifra permitirá un comienzo regulado de la actividad, con control permanente sobre los indicadores biológicos y pesqueros.
De acuerdo con el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos, “cada cuota, límite de captura y condición técnica ha sido pensada con un enfoque social y económico, porque la pesca no solo genera empleo directo, sino que sostiene cadenas productivas que benefician a cientos de miles de peruanos”.
En el caso del tiburón martillo (Sphyrna zygaena), la cuota anual se estableció en 444 toneladas, bajo estrictas reglas de ordenamiento. Además, el ministerio dispuso la continuidad condicionada del régimen especial temporal para regular la captura incidental de mantarrayas, ajustando su vigencia y reforzando los requisitos de registro y calidad de información, siguiendo recomendaciones del Imarpe para proteger a estas especies sin provocar perjuicios a la flota artesanal.
Para los recursos bentónicos, el erizo (Loxechinus albus) tendrá un LMCTP de 403,83 toneladas en la zona entre El Choral y Punta Oscuyo, en Arequipa, con disposiciones orientadas a garantizar su aprovechamiento sostenible y proteger el sustento de los pescadores artesanales. El pulpo (Octopus mimus) tendrá un límite de 16,7 toneladas en 2026 dentro de la Reserva Nacional Punta Coles, en Moquegua, bajo plazos y condiciones de conservación estrictos.
Las nuevas resoluciones se fundamentan en la Ley General de Pesca y los reglamentos de ordenamiento actuales, y buscan “dar previsibilidad a la actividad extractiva, ordenar el inicio de las temporadas de pesca y asegurar que los recursos continúen siendo una fuente de empleo, ingresos y alimentación para la población”.