¿Prisión preventiva para Dina Boluarte?: Lo que falta para que se solicite la medida

El Ministerio Público explicó que mientras el Congreso de la República no conceda autorización, la exmandataria no puede ser objeto de una medida de detención provisional

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Dina Boluarte

El Ministerio Público de Perú confirmó que, hasta este momento, no es posible solicitar una prisión preventiva contra Dina Boluarte sin un pronunciamiento previo por parte del Congreso de la República en la mayoría de casos. Así lo expuso Tomás Gálvez, fiscal de la Nación interino, al precisar cuáles son los requisitos legales en los procesos que involucran a altos funcionarios, después de que surgieran versiones sobre la supuesta solicitud de asilo diplomático por parte de personas del entorno de la expresidenta.

El rol del Congreso y los límites para la prisión preventiva

Gálvez detalló que el Ministerio Público está impedido de pedir una prisión preventiva contra la expresidenta mientras no se pronuncie el Poder Legislativo. Explicó que los presuntos delitos cometidos durante la gestión de Boluarte están sujetos al procedimiento de antejuicio político, mecanismo que otorga a los congresistas la facultad de autorizar cualquier acción judicial restrictiva de la libertad personal para funcionarios con inmunidad.

06/07/2025 July 6, 2025, Lima, PERU: LIMA 6 DE JULIO DEL 2025.PRESIDENTA BOLUARTE LIDERARA? PRESENTACIÓN DE MINISTROS DE ESTADO SOBRE PROCESO DE FORMALIZACIÓN MINERA â?" REINFO POLITICA Europa Press/Contacto/El Comercio

La Fiscalía solo puede actuar sin esa autorización cuando se investigan hechos previos al mandato presidencial. “Todo es posible atendiendo a que tiene un caso referido a hechos en que todavía no era presidenta. Ahí es posible porque en los demás casos para una prisión preventiva, para todo ello tiene que aprobarlo necesariamente el Congreso”, indicó Gálvez a Exitosa Noticias al responder sobre la posibilidad de una medida restrictiva más severa contra la exmandataria.

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De acuerdo con la explicación del fiscal, el Congreso debe determinar si autoriza que el Ministerio Público solicite prisión preventiva por hechos vinculados al tiempo en que Boluarte ejerció como jefa de Estado. “Sobre todos los actos que ocurrieron cuando ella era presidenta de la República, el procedimiento previo es el antejuicio, es decir, que el Congreso de la República autorice”, añadió.

Investigación fiscal, impedimento de salida y audiencia clave

Actualmente, la Fiscalía ha solicitado impedimento de salida del país para Dina Ercilia Boluarte Zegarra, argumentando riesgo procesal vinculado a investigaciones por los delitos de negociación incompatible y lavado de activos, en agravio del Estado. Esta solicitud enfrenta a la expresidenta a la posibilidad de no poder salir de Perú durante un periodo de 18 a 36 meses, según confirmó el propio Ministerio Público.

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La audiencia en la que se evaluará este pedido fue agendada por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo el juez Fernando Valdez, y tendrá lugar el 15 de octubre a las 9:00 a.m. en la sede judicial de la Av. Tacna N° 734, Cercado de Lima. La Fiscalía expuso que “como una medida precautelar, vamos a solicitar el impedimento de salida”, precisando que esta restricción es la única viable de manera inmediata hasta que el Congreso se pronuncie sobre la posibilidad de iniciar un proceso más restrictivo.

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Rumores de asilo y escenarios adicionales

En cuanto a rumores sobre solicitudes de asilo diplomático, Gálvez aclaró que, de confirmarse gestiones en embajadas o intentos de obtener protección internacional por parte de la exmandataria, esto podría justificar una revisión de las medidas restrictivas. “Si se acredita que la señora ha solicitado o está tramitando algún tipo de asilo, eso justificaría una prisión preventiva, por ejemplo”, afirmó. Aun así, la autoridad sostuvo que por el momento Boluarte “no tiene ninguna medida de impedimento, ni ninguna que afecte a su libertad” y que no existe evidencia formal respecto a una solicitud de asilo vigente.

La decisión respecto a una posible solicitud de prisión preventiva, fuera de los límites normativos ya descritos, quedaría bajo la responsabilidad de un fiscal provincial que, en ejercicio de su autonomía, podría presentar una petición en caso de nuevas pruebas que acrediten peligro de fuga.

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