
El congresista Alfredo Pariona Sinche, integrante de la Bancada Socialista, presentó una propuesta de reforma constitucional con el objetivo de modificar el artículo 25 de la Constitución Política del Perú. La iniciativa plantea reducir la jornada laboral para madres y padres que, tras el fallecimiento de su pareja, asuman en solitario la crianza de un hijo menor de edad en situación de orfandad.
De acuerdo con el proyecto, estos trabajadores podrían laborar un máximo de 6 horas al día y 38 horas semanales, con la posibilidad de negociar condiciones más favorables con sus empleadores, siempre que ello no afecte la productividad. La medida pretende priorizar el bienestar del menor y reforzar el principio del interés superior del niño.
Las razones detrás de la propuesta que cambiaría la normativa laboral
El proyecto de ley resalta la importancia del principio del interés superior del niño, argumentando que el Estado debe garantizar un entorno adecuado para su desarrollo integral. En este sentido, se plantea la necesidad de que los menores tengan una presencia razonable de al menos uno de sus padres en su vida diaria.
“La presencia de la familia y, fundamentalmente, de los padres es indispensable para que los niños crezcan adecuadamente. (...) Si bien hoy, por la dinámica de las sociedades y las necesidades económicas, ambos padres tienen que trabajar para proveer los gastos del hogar, es necesario que haya medidas del Estado para hacer frente a esta situación”, señala la exposición de motivos del proyecto.

Además, el documento plantea una pregunta importante: “¿Un niño puede crecer adecuadamente si solo ve a sus padres en la noche, a la hora de dormir? Naturalmente que no”.
Situación de vulnerabilidad de los hogares monoparentales
El PL menciona que, según datos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en el Perú hay 410.834 hogares conformados por madres solas con hijos menores de 18 años, de los cuales el 56,2% corresponde a mujeres adultas jóvenes entre 30 y 44 años. Esta realidad demuestra la necesidad de establecer medidas que brinden apoyo a quienes han quedado a cargo exclusivo del cuidado de sus hijos.
Se resalta el caso de Juan Enrique García Carrillo, un ciudadano que envió una carta al despacho del congresista Alfredo Pariona relatando su experiencia: “Soy padre de familia y crío solo a mi hijo menor desde que su madre falleció. Trabajo de lunes a sábado con un sueldo líquido de S/ 1.054, y vivo en Carabayllo, lo que me obliga a pasar muchas horas fuera de casa. Me gustaría que se evalúe una ley que reduzca la jornada laboral para que los padres en mi situación puedan pasar más tiempo con sus hijos”.
Impacto en la productividad y beneficio para los trabajadores
Uno de los puntos que la propuesta destaca es que esta reducción de la jornada laboral no debe verse como un privilegio, sino como una política pública que prioriza el bienestar de los niños. Además, el documento sugiere que esta medida podría mejorar la productividad, ya que los trabajadores estarían más motivados al saber que podrán pasar más tiempo con sus hijos.

“Ello, en nada afecta o debería afectar la productividad laboral; sino, todo lo contrario, podría contribuir a que se genere mayor productividad, pues el padre o madre trabajadora se sentiría más motivado a terminar la labor, sabiendo que con ello se dirigirá a ver y pasar tiempo de calidad con su hijo menor de edad”, indica la exposición de motivos.
Modificación constitucional planteada
El proyecto de ley propone modificar el artículo 25 de la Constitución para que la jornada ordinaria de los trabajadores en esta situación pase de 8 a 6 horas diarias y de 48 a 38 horas semanales, una reducción del tiempo de trabajo semanal del 21%. Además, deja abierta la posibilidad de acuerdos con el empleador para establecer condiciones más beneficiosas sin afectar la productividad.
El nuevo texto constitucional quedaría así: “En el caso del trabajador que, por su condición de padre o madre, tenga la custodia de un menor de edad en situación de orfandad por causa del fallecimiento de uno de los padres, la jornada laboral diaria máxima es de seis (6) horas y la jornada semanal máxima es de treinta y ocho (38) horas, pudiendo establecerse acuerdos con el empleador que resulten más beneficiosos para el trabajador sin afectar la productividad.”
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