Congresista Norma Yarrow propone muerte civil para corruptos: ¿qué implica?

De acuerdo a la Contraloría, durante el año 2022, la corrupción habría ocasionado un perjuicio económico al país de S/ 24.400 millones aproximadamente y afectó en un 86% al presupuesto público

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Parlamentaria de Avanza País presentó iniciativa legal este martes 23 de enero. | Infobae Perú (Camila Calderón) / Congreso
Parlamentaria de Avanza País presentó iniciativa legal este martes 23 de enero. | Infobae Perú (Camila Calderón) / Congreso

La congresista Norma Yarrow (Avanza País) presentó un proyecto de ley que propone modificar cuatro artículos del Código Penal a fin de establecer muerte civil para los funcionarios que cometan delitos contra la administración pública.

Este proyecto “se justifica básicamente en la necesidad de establecer un carácter definitivo a la figura de la inhabilitación, esto es, que se enmarque en lo que respecta a la ‘inhabilitación perpetua’, en caso el funcionario público haya sido condenado con sentencia firme, por la comisión de los delitos contra la administración pública”, mencionó la legisladora.

“La problemática por resolver con mi iniciativa legislativa es la corrupción, la misma que destruye las instituciones, obstaculiza el crecimiento económico y el desarrollo, reduce la confianza pública y la legitimidad”, agregó.

En ese sentido, mencionó que “quienes ingresan a laborar a las entidades del Estado deben tener vocación de servicio, esto es, que el único interés sea el bien común”; sin embargo, contamos con “funcionarios y servidores públicos que anteponen sus intereses personales a los intereses del Estado”.

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¿Qué implica la ‘muerte civil’?

De acuerdo al documento, la propuesta de ‘muerte civil’ implica incapacitar permanentemente al funcionario con sentencia firme de trabajar, bajo cualquier modalidad, en toda institución pública; es decir, se daría una inhabilitación perpetua.

La iniciativa menciona que los “funcionarios públicos que ocupen cargo de alta dirección, político, de confianza, incluso si su cargo emana de elección popular, en las entidades, organismos o empresas del Estado, o está sometido a la prerrogativa del antejuicio y la acusación constitucional, serán sancionados, además de la pena privativa de la libertad, con pena de inhabilitación perpetua” en casos de concusión y enriquecimiento ilícito”.

Cabe mencionar que, sin duda, la corrupción es un problema latente en el Perú. De acuerdo al último índice del Observatorio Anticorrupción de la Contraloría General de la República, que data del año 2022, este mal habría ocasionado al país un perjuicio económico de S/ 24 400 millones aproximadamente y una afectación al presupuesto público del 86 %.

Además, según la Defensoría el Pueblo, durante los seis primeros meses del 2023 se registraron 5860 casos de corrupción en 19 departamentos: el 19% concentrados en Lima (1115); el 7.8 % (459) en Áncash; y un 6.7 % (392) en Junín.

¿Cómo saber quiénes están inhabilitados para trabajar en el Estado?

A fin de conocer quiénes no pueden laborar al interior de las instituciones públicas, se creó el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC).

Esta plataforma electrónica reporta las sanciones administrativas disciplinarias impuestas contra los servidores y exservidores civiles; además de las sanciones penales e inhabilitaciones impuestas por el Poder Judicial mediante sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada.

Interfaz del RNSSC
Interfaz del RNSSC

Para hacer una consulta sobre quiénes están inhabilitados o tienen sanciones, puedes ingresar a este enlace. Ahí se solicitará los datos de quien realiza la consulta (Número de DNI y fecha de nacimiento). Luego podrás ingresar a la interfaz para realizar la consulta donde necesitarás el nombre completo o el DNI del servidor. Para mayor información puedes acceder a este enlace web.

De acuerdo a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), al 3 de febrero del año paso, se reportó un total de 6.655 personas inhabilitadas de manera permanente para trabajar. De ellos, 3.953 están impedidos por delitos contra la administración pública y 2.702 por delitos establecidos en la Ley N° 29988, que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas.

Por otro lado, de 11.350 registrados en la RNSSC, 487 están sancionados sin goce de remuneración, por lo que pueden seguir laborando en el Estado.