Suprema Corte protege división de poderes en caso de juicio político contra síndica en San Luis Potosí

La SCJN afirmó que el Congreso del estado invadió competencias del Poder Judicial Federal

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SCJN determinó que el Congreso
SCJN determinó que el Congreso de San Luis Potosí invadió competencias del Poder Judicial Federal. (Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO)

Este 12 de febrero de 2026 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) intervino en un caso que se centra en el alcance de la división de poderes en México. El fallo responde al juicio político contra una ex síndica municipal de San Luis Potosí, quien fue sancionada por el Congreso local tras ser acusada de conductas previstas en la Ley de Juicio Político del Estado.

A través de su sentencia, la Corte marcó límites claros sobre quién tiene la facultad de calificar el cumplimiento de suspensiones dictadas en juicios de amparo y de imponer sanciones a servidores públicos.

Suprema Corte y la protección de competencias exclusivas

El asunto inició cuando la ex funcionaria, inhabilitada 15 años por el Congreso estatal, recurrió al juicio de amparo. Ella señaló que sólo los órganos jurisdiccionales pueden decidir si hubo o no un incumplimiento en la suspensión de un amparo. El Congreso de San Luis Potosí había sostenido lo contrario, basando su juicio político en la supuesta falta de acatamiento de una medida judicial.

El juez de distrito le dio la razón, ordenando reponer el procedimiento legislativo. Ante la inconformidad de las partes, el caso llegó al máximo tribunal. La Suprema Corte modificó la sentencia y confirmó que la valoración y sanción por presunto incumplimiento de una suspensión judicial es competencia exclusiva de los tribunales que la dictaron.

El Congreso de SLP deberá
El Congreso de SLP deberá emitir una nueva resolución en el caso de la síndica municipal.(Congreso de San Luis Potosí)

Alcances del juicio político en el marco constitucional

La Corte subrayó que el juicio político sigue siendo válido como mecanismo de control de responsabilidades de las personas servidoras públicas. Sin embargo, estableció que debe respetar los límites que marca la Constitución Política Federal, sin invadir atribuciones del Poder Judicial de la Federación.

Entre los elementos clave del fallo, el Pleno enfatizó que:

  • Ningún congreso local puede evaluar ni sancionar con base en el cumplimiento de suspensiones judiciales federales.
  • La autoridad que dictó la suspensión es la única facultada para calificar su observancia.
  • Se debe preservar el equilibrio entre poderes para evitar invasiones de competencia.

Según la Suprema Corte, “reafirmar estos límites no implica obstaculizar el ejercicio del juicio político”, sino garantizar que se realice conforme a derecho y dentro de los marcos constitucionales.

San Luis Potosí y la revisión judicial de los actos legislativos

El caso de la ex síndica potosina ejemplifica cómo el juicio de amparo puede funcionar como herramienta para revisar si un acto de autoridad afecta derechos fundamentales, incluso cuando ese acto proviene del Poder Legislativo.

El tribunal federal explicó que el amparo permite analizar las consecuencias jurídicas concretas de una posible invasión de competencias. Este enfoque otorga a los ciudadanos la posibilidad de defender sus derechos ante sanciones que se fundamenten en valoraciones que sólo competen al Poder Judicial.

La resolución de la Suprema Corte ordenó al Congreso de San Luis Potosí emitir una nueva resolución ajustada a sus competencias, reafirmando así el principio de separación de poderes que rige el sistema constitucional mexicano.