
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha informado este 22 de enero a través de sus redes sociales sobre la reciente renovación de la flotilla vehicular destinada a los ministros.
Esta medida, justificada en condiciones de seguridad institucional y salvaguarda de la integridad física de quienes detentan cargos de alta responsabilidad, se adoptó tras recibir dictámenes técnicos de autoridades federales que concluyeron que los vehículos anteriores ya no cumplían con los estándares requeridos para la protección eficiente de los ministros.
Como resultado, la SCJN adquirió nueve unidades, en cumplimiento estricto de la normatividad interna de 2019, que estipula la renovación de este tipo de automotores cada cuatro años o antes si se detectan condiciones inseguras, según el comunicado compartido. Aunque el mensaje no específica los tipos de vehículos, los magistrados de la Corte se han movilizado de manera tradicional en camionetas blindadas.

La decisión tuvo lugar de forma paralela al proceso de retiro de un número de vehículos superior al adquirido, lo que evitó, afirma la SCJN, un incremento neto del gasto patrimonial.
El máximo tribunal del país subrayó en su comunicación que esta acción obedece exclusivamente a criterios de prevención y responsabilidad, descartando cualquier discrecionalidad y reafirmando su compromiso con un uso racional de los recursos públicos y sin menoscabo de la seguridad jurisdiccional.
SCJN legisla que las indemnizaciones exigidas al Ministerio Público deben de hacerse por la vía administrativa

En el ámbito jurisdiccional, la SCJN determinó que los reclamos dirigidos al Ministerio Público derivados de acciones u omisiones se deben tramitar únicamente a través de la vía administrativa, en conformidad con la Ley de Responsabilidad Patrimonial local.
Este criterio quedó establecido tras la revisión de un caso originado en la Ciudad de México, donde una persona fue absuelta en 2017 luego de permanecer injustificadamente privada de su libertad desde 1999.
Aunque la demanda original se presentó por la vía civil, la Corte concedió un amparo a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y precisó que solo la vía administrativa permite reclamar una indemnización por actos de autoridad.
Además, de acuerdo con su comunicado del 21 de enero, la SCJN resolvió que el plazo de prescripción para iniciar una demanda administrativa queda suspendido si la víctima en primera instancia optó por un juicio civil, lo que garantiza que nadie se vea privado del derecho a buscar una indemnización por seguir una vía legal incorrecta.
Suprema Corte legisla para prevenir la revictimización de una menor víctima de abuso

Por otra parte, la SCJN abordó en sesión del 20 de enero el caso de una menor de edad víctima de violencia sexual. El Pleno revocó la orden de un tribunal colegiado que exigía repetir un juicio familiar, ya que esto habría implicado la presentación de nuevas pruebas para evaluar la credibilidad del testimonio de la niña, generando riesgo de revictimización.
A juicio del tribunal, tal medida atentaba contra el interés superior de la niñez y carecía de sustento exigir a la madre de la víctima la asistencia a cursos o terapias sin pruebas en su contra.
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