
El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió sancionar al presidente municipal de Teoloyucan, Luis Domingo Zenteno Santaella, por ejercer violencia política en razón de género contra la sexta regidora, Xiadani Baños Camacho.
De acuerdo con la resolución emitida dentro del expediente 14/2025, aprobada por mayoría de votos, se acreditó que el alcalde y hermano del diputado federal de Morena, Pedro Zenteno Santaella, vulneró los derechos políticos y laborales de la funcionaria municipal mediante diversas acciones.
Las acciones fueron negarle el uso de la voz en sesiones de Cabildo, asignarle una oficina sin mobiliario ni personal de apoyo, retenerle el pago correspondiente a su salario del mes de febrero sin causa justificada y obstaculizar su desempeño de forma reiterada.
El tribunal determinó que estos actos limitaron directamente la capacidad de la regidora para ejercer plenamente su cargo y participar en la toma de decisiones del Ayuntamiento, lo que constituye una afectación grave a su derecho a la participación política y a un ambiente laboral libre de violencia.
Sanciones de la Contraloría del Congreso y de Teoloyucan

En la Trigésima Segunda Sesión Pública, celebrada el 14 de agosto de 2025, el Pleno del TEEM resolvió el Procedimiento Especial Sancionador 14 de este año, derivado de una demanda presentada por la regidora del PRI, en contra del presidente municipal y del director de Administración, Christian Julián Mendoza Cortés.
El Pleno del tribunal declaró la existencia de violencia política, acreditando un trato diferenciado en la contratación del personal adscrito a la sexta regiduría.
Según la ponencia, esta conducta representó una violación de mayor entidad que la simple obstrucción del cargo, pues se dirigió exclusivamente hacia ella, de forma sistemática y con la finalidad de demeritar su función pública.

En consecuencia, se dio vista a la Contraloría del Poder Legislativo de la LXII Legislatura del Estado de México y a la Contraloría del Ayuntamiento de Teoloyucan, para que determinen las sanciones administrativas correspondientes.
Este fallo marca una continua defensa de los derechos de las mujeres que ejercen cargos públicos, reforzando la obligación de las autoridades de prevenir, sancionar y erradicar la violencia política de género.
El caso también podría ser registrado en el catálogo de personas sancionadas, lo que limitaría la posibilidad de que el edil sea postulado a futuros cargos de elección popular.
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