
El pasado lunes 3 de febrero fue uno de los primeros feriados del año, es decir, de descanso obligatorio para los trabajadores como lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT), debido a la conmemoración de la Constitución. Sin embargo, durante el tercer mes de este 2025, también habrá un festivo.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, habrá más de cinco fechas de descanso obligatorio para que pueda disfrutar la plantilla laboral de las empresas. En caso de prestar sus servicios en una de estas fechas, entonces deberá cobrar un pago extra.
En caso de que trabaje en alguno de los días feriados, tendrán que cobrar su salario diario, más uno doble, es decir, un salario triple. Si no accede a ese pago, entonces podrá levantar una denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet).
¿Cuál es el día feriado de marzo?
Tercer lunes de marzo, debido a la conmemoración del natalicio de Benito Juárez, que oficialmente es el 21 de marzo.
Entonces, será el 17 de marzo del presente año, cuando los empleados reciben el descanso obligatorio, pero en caso de prestar sus servicios, entonces deberán acceder al pago correspondiente.

El 21 de marzo se dedica al aniversario del nacimiento del ex presidente de México, Benito Juárez, también popularmente conocido como Benemérito de las Américas, debido a su implacable defensa de la libertad e Independencia de México.
Mientras que el resto de los feriados para este año son:
- Jueves 1o. de mayo (Día del Trabajo)
- Martes 16 de septiembre
- Lunes 17 de noviembre (aniversario de la Revolución)
- Jueves 25 de diciembre (Navidad)
Hay que recordar que la LFT también considera como día feriado el 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, así ocurrió en 2024, cuando Claudia Sheinbaum rindió protesta como la primera presidenta de México. También considera el 1o. de enero (Año Nuevo) y el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución), fechas que ya se celebraron.

También será necesario destacar que también hay días de asueto en el año, aquellos que no son obligatorios, pero algunas empresas los otorgan sin pago extra. Por ejemplo, Día de Muertos o Jueves y Viernes Santo.
De acuerdo con la Profedet, los interesados en levantar una denuncia podrán hacerlo a través del correo: quejasdelservicio@stps.gob.mx o al número: 55 59 98 20 00 ext. 44750 y 44917.
Menores tendrán vacaciones de Semana Santa
Hablando de la época de Semana Santa, menores de educación básica (preescolar, primaria y secundaria) podrán disfrutar de dicho período vacacional a partir del Lunes 14 de abril y hasta el Viernes 25 del mismo mes.
Se trata de un descanso de más de 10 días, temporada que es considerada como de devoción para algunas religiones por la conmemoración de la pasión, muerte y resurrección de Jesús de Nazaret.
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