
Sin duda alguna, la publicidad exterior ayuda a que un negocio o marca sea más visible y se posicione en la mente de los consumidores, siempre y cuando se haga conforme a la normatividad vigente y sin violar estatutos o leyes urbanas o ambientales.
Algo que sin duda no ocurrió en la colonia Polanco, alcaldía Miguel Hidalgo, luego de que vecinos y ambientalistas denunciaron la instalación de un tótem luminoso de nueve metros de altura en la calle Masaryk número 111, pese a que dicha vialidad está considerada como Patrimonio Cultural y Arquitectónico Urbano, que prohíbe la construcción de ese tipo de estructuras.
¿De qué va?
De acuerdo con la Ley de Publicidad Exterior y su reglamento, en los sitios considerados como Patrimonio Cultural Urbano, como es el caso, no pueden instalarse medios publicitarios de gran formato dentro de un radio de 150 metros contados a partir de dicho bien, razón por la cual el vistoso anuncio se encuentra instalado de manera ilegal, manifestó una vecina que defiende la zona.
Por su parte, Edgar Méndez, presidente de la Asociación Civil Rescatando el Paisaje Urbano, externó que el tótem fue instalado para anunciar un modelo de SUV alemana, lo cual genera contaminación visual por su altura, para peatones y ciclistas; y con la luminosidad, un problema para los automovilistas por el reflejo que genera.
“La Ley de Publicidad Exterior es clara todo anunció luminoso no podrán exceder de 3 nits sobre la luminosidad ambiental y los 325 nits de proyección, pero supera hasta los 6 ambiental y los 500 de proyección, entonces es clara la contaminación visual y el riesgo en materia de protección civil”, manifestó el activista al destacar los niveles de luminancia o brillo que deben cumplir éste tipo de anuncios.
Reiteró que las autoridades de la nueva Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana, otrora Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), es quien debe hacer valer la ley y retirarlo, aunque haya sido autorizado por el organismo antecesor, enfatizó el activista.
De acuerdo con el oficio de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda SEDUVI/DGOU/DPCUEP/SPEMU/1619/2024 de fecha 18 de agosto de 2024, en éste año no se emitieron licencias o permisos para la explotación de medios publicitarios tipo: vallas o tótems con anuncios luminosos o de cualquier otro formato, sobre todo en áreas catalogadas como patrimonio cultural.
Cabe agregar que además de las irregularidades mencionadas, tuvieron que romper parte de la banqueta para la instalación del objeto en cuestión, situación que afectó el paisaje urbano, aunado a que los dueños del Corporativo no consideraron ni solicitaron las opiniones de los residentes.
En marzo de 2017, en el mismo lugar, se generó un incendió generado por conexiones eléctricas irregulares, igual a las que utilizan para el tótem, recordó otro agraviado.
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