“Acordate que me la cobro”: Casación confirmó la condena de un narco que amenazaba de muerte a jueces y fiscales

El juez Alejandro Slokar, en un voto unipersonal, rechazó el planteo del acusado que pretendía hacer caer el acuerdo de juicio abreviado

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(NA)
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Con la firma del juez Alejandro Slokar, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por inadmisible el pedido de la defensa de Raúl Daniel Bressi Escalante, líder de una banda narcocriminal, quien pretendía cuestionar el acuerdo de juicio abreviado en donde el acusado fue condenado a tres años de cumplimiento efectivo por amenazar a jueces y a una fiscal.

El narco fue hallado culpable del delito de amenazas en dos ocasiones por haber intimidado a los funcionarios judiciales desde su lugar de detención y durante una audiencia de debate mientras era juzgado como responsable del delito de tráfico de estupefacientes en calidad de organizador.

El primero de esos hechos ocurrió el 16 de febrero de 2022, cuando desde la cárcel se comunicó telefónicamente con el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 2 de Mendoza, donde fue atendido por un auxiliar, a quien le manifestó, entre otras cosas, “que no le cuesta nada mandar a pegarle a los jueces, que sabe dónde viven muchos jueces y que él desde el establecimiento penitenciario maneja todo”.

El segundo episodio ocurrió el 5 de agosto pasado durante una audiencia de debate donde Bressi Escalante profirió a la representante del Ministerio Público Fiscal en ese juicio, la fiscal general Gloria André, la frase: “Te burlaste de la muerte de la esposa de mi compañero, ya vas a ver. Acordate que me la cobro, culiada, vas a ir a mirar vidrieras con custodia”.

De acuerdo a los integrantes del Ministerio Público Fiscal (MPF), la frase no fue un hecho aislado o un exabrupto, ya que con anterioridad el sujeto había amenazado con lesionar a otros miembros del tribunal en forma telefónica y por escrito. En diciembre pasado, ll Juzgado Federal N° 3 de Mendoza condenó a tres años de prisión Raúl Daniel Bressi Escalante, en un juicio abreviado que pactaron la fiscalía y la defensa.

Para la fiscalía, la prueba fundamental de la amenaza telefónica es el manuscrito remitido por Bressi Escalante vía correo electrónico. En tanto, la grabación y la transcripción de la audiencia en la que profirió amenazas a la fiscal André, fue una evidencia clara que no dejó lugar a dudas.

Alejandro Slokar
Alejandro Slokar

A través de la sentencia de homologación del acuerdo, el juzgado argumentó: “Todos los elementos probatorios señalan que la conducta desplegada por Raúl Daniel Bressi Escalante tenía como finalidad alarmar o amedrentar a los magistrados y funcionarios a cargo de la causa que lo tiene detenido. La prueba producida en autos, permite tener por acreditado que los dichos del encausado tenían por finalidad infundir temor e intimidar a los nombrados lo que, a su vez, motivó que se adoptaran medidas de seguridad sobre los mismos y sus familias”.

Pero ahora la defensa apeló. Y Casación rechazó el planteo. El juez Slokar destacó que la asistencia letrada no realizó una crítica concreta y razonada que ponga en crisis la argumentación de la sentencia por la cual había sido condenado Bressi Escalante. En ese sentido, el magistrado entendió que el escrito interpuesto por la defensa del jefe narco carecía de fundamentación y no lograba acreditar la existencia de una cuestión federal.

“El impugnante se limitó a desconocer el acuerdo mismo del juicio abreviado, sin realizar una crítica concreta y razonadamente expuesta que ponga en crisis la argumentación de la sentencia, de modo tal que permitieran avizorar vicio alguno en el dictado de la pieza de condena. Por lo demás, la decisión cuenta, con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido”, señaló la resolución a la que accedió Infobae.

Bressi Escalante fue condenado el 12 de junio de 2018 a la pena de catorce años de prisión y luego, el 12 de agosto de 2022, a 19 años de prisión, en una causa en la que fue declarado reincidente. En ambos casos fue hallado responsable del delito de tráfico de estupefacientes en forma organizada en calidad de organizador, por lo que se unificó su pena a veinticuatro años de prisión y una multa de un millón trescientos setenta y nueve mil setecientos pesos ($1.379.700).