Cádiz, 16 ene (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha respaldado que el suministro de gasolina para las narcolanchas, una práctica conocida como petaqueo, sea castigado con hasta 8 años de prisión como un delito contemplado en el artículo 568 del Código Penal.
Lo hace con una sentencia de la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal hecha pública este viernes y que revoca la absolución que la Audiencia Provincial de Cádiz dictó para un narco que fue detenido en una embarcación con 1.300 litros de combustible listos para suministrar a una narcolancha y le condena a cuatro años por este delito, la mínima pena que contempla este artículo.
La Audiencia de Cádiz consideró que no podía ser condenado por este artículo ya que entendía que éste exige que el combustible sea utilizado "ofensivamente" y no simplemente por su tenencia.
El TSJA se muestra sin embargo de acuerdo con la Fiscalía, que recurrió esta absolución, en una sentencia en la que explica que este artículo, aunque se ha desarrollado especialmente en relación a la tenencia de explosivos y no está asentando en la de sustancias inflamables, no se puede "desechar" para castigar esta actividad.
Recuerda que no es de extrañar que se aplique para dar respuesta a su "manifiesta proliferación" en "zonas de acentuado volumen de tráfico marítimo dedicado a la traída e introducción de hachís en territorio nacional procedente de África" por parte de organizaciones "con una amplia infraestructura de embarcaciones precisada de dotación personal y material y de aportación del necesario combustible suministrado frecuentemente en plena travesía en alta mar".
La posesión y el transporte, "fuera de las condiciones mínimamente exigibles", de ingentes cantidades de gasóleo para ello "afecta a la seguridad pública" que es "puesta en peligro".
Recuerda que la jurisprudencia del Supremo “mantiene de modo reiterado y unánime" que las conductas previstas para aplicar el artículo 568 incluyen "el riesgo abstracto, sin necesidad por tanto de que generen un peligro concreto para personas o bienes” y sin requerir "la voluntad de atentar contra la seguridad pública".
La sentencia del TSJA aumenta de cuatro años y seis meses a doce años de prisión la pena para un hombre que fue detenido el 20 de febrero de 2024 en una narcolancha con un alijo de hachís y 52 garrafas de 25 litros cada una de gasolina.
El Tribunal entiende que es "palmario" que el acusado "conocía la peligrosidad por el carácter extremadamente inflamable y volátil" del combustible que portaba y que "asumía tal grave riesgo". EFE

