Ibiza, 20 mar (EFE).- La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a 6 años de cárcel y 30.000 euros de multa para el jugador de póker de origen kuwaití que en julio de 2021 aterrizó en el aeropuerto de Ibiza en un avión privado procedente de Las Vegas junto a 30 personas y una maleta con drogas.
Los magistrados consideran probado que "el acusado fue detenido estando en posesión de una gran cantidad de sustancias muy variadas", informa el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) en un comunicado.
También en la sentencia condenatoria queda acreditado que "en la maleta del acusado que se inspeccionó en el aeropuerto había sustancias estupefacientes".
El tribunal se basa en la declaración de las dos funcionarias del Servicio de Vigilancia Aduanera que declararon en el juicio y en las manifestaciones del propio acusado, quien reconoció que llevaba dichas sustancias en el equipaje registrado.
De acuerdo con la sentencia, en la maleta había cocaína, ketamina, MDMA, resina de hachís y una gran cantidad de dinero que no se ha justificado que proceda “de la ilícita actividad de distribución de sustancia estupefaciente”, ha informado el TSJB.
De las valoración conjunta de las pruebas practicadas en el juicio oral, el tribunal obtiene razonablemente la convicción de que el acusado “realizó la conducta típica a que se refiere el artírcuo 368 del Código Penal, en su modalidad de tenencia preordenada, a promover o facilitar el consumo de estupefacientes a terceras personas”.
Los magistrados basan su convicción en las declaraciones de los agentes de la Guardia Civil y de las agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA), en funciones en la zona de control y comprobación de equipajes de mano de la terminal privada del aeropuerto de Ibiza, así como en las pruebas documentales propuestas por las partes personadas en el procedimiento.
La defensa del procesado cuestionó durante la vista oral la cadena de custodia de las drogas intervenidas por la Guardia Civil en el aeropuerto de Ibiza, pero la Sala asegura al respecto que “no se puede efectuar objeción alguna a la cadena de custodia” y que, en todo momento, se respetó la “integridad” de la cadena.
La sentencia no es firme y cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares. EFE
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