El juzgado rechaza la petición de suspensión del desahucio de las monjas de Belorado

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Burgos, 24 feb (EFE).- El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Briviesca (Burgos) ha rechazado la pretensión de las exreligiosas del Monasterio de Santa Clara de Belorado de suspender el procedimiento de desahucio, sobre el que todavía se tiene que decidir y no hay fecha.

Según ha informado la Oficina del Comisario Pontificio de los Monasterios de Belorado, Orduña y Derio en nota de prensa, en un auto fechado el pasado 21 de febrero, pero notificado este lunes, el juzgado ha rechazado la prejudicialidad planteada por la defensa de las exmonjas clarisas.

La jueza no ha admitido la petición de vincular la resolución de la demanda de desahucio presentada por el arzobispo de Burgos, Mario Iceta, como comisario pontificio el pasado septiembre a la demanda interpuesta por las exmonjas contra su nombramiento, por lo que el procedimiento de desahucio sigue su curso procesal.

La decisión está vinculada al hecho de que la jueza considera que dicho nombramiento corresponde a la jurisdicción internacional, por lo que se abstiene de entrar a valorarlo, tal como recoge el auto que resuelve la demanda planteada por las exreligiosas el 31 de julio del pasado año.

El auto afirma que "el Estado español reconoce a la Iglesia católica el derecho de ejercer su misión apostólica y le garantiza el libre y público ejercicio de las actividades que le son propias, en especial las de culto, jurisdicción y magisterio", según la información aportada por la oficina de prensa.

De ahí que el juzgado de Briviesca alegue falta de jurisdicción para resolver la validez de los acuerdos adoptados por la Santa Sede en relación con el nombramiento de Iceta como comisario pontificio de los monasterios el pasado mayo, cuando las exreligiosas anunciaron su salida de la Iglesia católica.

La Oficina del Comisario Pontificio de los Monasterios de Belorado, Orduña y Derio ha asegurado que "no existe el pretendido derecho de separación como comunidad", que alegan las exmonjas, sino que debe ejercerse a título personal e individual, atendiendo a decisiones del Tribunal Supremo y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

"Dicho ejercicio personal e individual fue reconocido por la Iglesia católica en los correspondientes procesos de declaración de excomunión de cada una de las exreligiosas" -diez en total-, han insistido, que se resolvieron el 22 de junio de 2024, junto con la expulsión de cada una de ellas de la vida consagrada.

La defensa de las exmonjas había recurrido, en su demanda del 31 de julio -que fue admitida a trámite el pasado diciembre- contra el nombramiento del comisario pontificio y defendía la decisión de abandonar la Iglesia católica dentro del Derecho de Libertad Religiosa.EFE

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