El Gobierno ha decidido sacar adelante por la vía del decreto-ley una de las medidas pendientes de su agenda de regeneración institucional: la creación de un registro público y obligatorio de ‘lobbies’. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, en su primera reunión tras el parón de verano, una norma que pretende arrojar luz sobre las relaciones entre los grupos de interés y los responsables de la Administración General del Estado.
La decisión llega después de que el proyecto de ley específico sobre los ‘lobbies’, que ya se encontraba en tramitación parlamentaria, quedara encallado en el Congreso ante la falta de consenso suficiente entre los grupos. El Ejecutivo ha optado así por el decreto-ley para poner en marcha el registro, aunque la norma tendrá que ser convalidada por la Cámara Baja en un plazo máximo de 30 días.
El Ministerio para la Transformación Digital y de Función Pública sostiene que el texto aprobado recoge buena parte del trabajo desarrollado durante la tramitación parlamentaria e incorpora enmiendas planteadas por los grupos políticos. El objetivo declarado es reforzar la transparencia y la rendición de cuentas en una actividad habitual en las democracias occidentales, pero que hasta ahora carecía de un registro estatal obligatorio en España.
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Un registro público para saber quién intenta influir en el Gobierno
La nueva regulación establece que los grupos de interés deberán inscribirse obligatoriamente en un registro estatal gestionado y supervisado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. La información será pública, gratuita y accesible a través del Portal de la Transparencia y de la propia página del organismo supervisor.
La definición de ‘lobby’ que maneja el decreto es amplia. Incluye a personas físicas y jurídicas y también a agrupaciones sin personalidad jurídica, como plataformas, foros o redes, siempre que desarrollen actividades destinadas a influir en responsables públicos. Empresas, organizaciones empresariales, ONG y otras entidades podrán quedar incluidas cuando traten de incidir en decisiones de la Administración.
La norma considera actividad de influencia cualquier comunicación, directa o indirecta y por cualquier canal, que tenga como finalidad intervenir en la toma de decisiones públicas, en el diseño o aplicación de políticas o en la elaboración, modificación o aprobación de normas. No se limita, por tanto, a las reuniones formales: el concepto abarca las distintas vías utilizadas por los grupos de interés para trasladar sus posiciones al poder público.
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Los contactos con ‘lobbies’ deberán quedar registrados
La obligación de transparencia no recaerá únicamente sobre quienes ejercen actividades de influencia. El decreto también establece nuevas obligaciones para los responsables públicos susceptibles de recibirla. Entre ellos figuran los altos cargos de la Administración General del Estado hasta el nivel de director general y, como novedad destacada, el personal eventual, los asesores y el personal de confianza.
Estos responsables deberán hacer públicas en el Portal de la Transparencia las reuniones y contactos que mantengan con grupos de interés inscritos en el registro. La información deberá difundirse en el plazo máximo de un mes desde la celebración del encuentro. La medida pretende permitir que la ciudadanía pueda conocer no solo quién intenta influir en la Administración, sino también con qué responsables públicos mantiene contacto.
El registro incluirá información sobre los grupos inscritos y sus representantes, su domicilio o sede social, las actividades que desarrollan y sus fuentes de financiación. También se identificará a las personas que ejerzan actividades de influencia y, de forma específica, a quienes hayan ocupado puestos o cargos públicos durante los cinco años anteriores a la inscripción.
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Sanciones y una ‘huella normativa’ para seguir la influencia
El nuevo sistema incorpora además un régimen sancionador. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno será el organismo encargado de iniciar, instruir y resolver los procedimientos contra los grupos de interés. Las infracciones se dividirán en leves, graves y muy graves, con las correspondientes sanciones.
El Gobierno pretende que la trazabilidad llegue también al proceso de elaboración de las leyes y reglamentos. Cuando un grupo de interés trate de influir en la elaboración o aprobación de un proyecto normativo, esa actividad podrá quedar reflejada en un informe de ‘huella normativa’. Dicho informe se incorporará a la documentación que acompaña a las normas y permitirá identificar la incidencia de los grupos de interés en su tramitación.
El registro estatal podrá, además, conectarse con los registros de grupos de interés que ya existen en comunidades autónomas y entidades locales, así como con el registro de transparencia de la Unión Europea. El Ejecutivo busca de esta forma avanzar hacia un sistema más homogéneo para identificar las actividades de influencia sobre las instituciones públicas.
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El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha presentado la aprobación como un avance en materia de transparencia, regeneración institucional y calidad democrática. El Gobierno sostiene que la medida permite cumplir con compromisos europeos e internacionales y con el V Plan de Gobierno Abierto 2025-2029, además de responder a uno de los hitos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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