Qué dice el tratado entre España y Francia que permite invitar a un ministro francés a Moncloa y que el PP llevará al Tribunal Constitucional

El Senado ha paralizado su ratificación definitiva tras aprobar, con los votos de PP y Vox, pedir al Constitucional que decida si el artículo que prevé la participación de ministros de ambos países en reuniones del Consejo de Ministros vulnera la Carta Magna

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El presidente de Francia, Emmanuel Macron, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se abrazan tras la firma de un Tratado de Amistad (David Zorraquino / Europa Press)

El Tratado de Amistad y Cooperación entre España y Francia, firmado hace más de tres años por Pedro Sánchez y Emmanuel Macron con la intención de estrechar la relación entre ambos países, ha vuelto a quedar bloqueado este jueves por decisión del Senado. La mayoría absoluta del PP, con el apoyo de Vox, ha sacado adelante una cuestión previa para que el Tribunal Constitucional determine si uno de sus artículos es compatible con la Constitución, un paso que paraliza por el momento su ratificación definitiva por las Cortes.

La iniciativa ha prosperado con 146 votos a favor, 112 en contra y dos abstenciones. El detonante es el artículo 2.4 del tratado, un apartado que contempla que un ministro español y otro francés puedan ser invitados, al menos una vez cada tres meses y de forma alterna, a participar en reuniones del Consejo de Ministros del otro país. Para el PP, esa previsión plantea dudas de constitucionalidad que deben resolverse antes de que el acuerdo entre en vigor. El Gobierno sostiene, por el contrario, que el texto ya fue aclarado mediante una interpretación conjunta con Francia y que en ningún caso supone que un ministro extranjero forme parte del Consejo de Ministros.

La votación de este jueves supone un nuevo capítulo en la accidentada tramitación parlamentaria del tratado. El Congreso lo aprobó el pasado 18 de junio, después de que Junts y Podemos cambiaran el sentido de su voto respecto al año anterior y respaldaran el texto. Sin embargo, el Senado ya había frenado una primera ratificación en 2025 recurriendo también al Constitucional, que finalmente no llegó a pronunciarse porque el tratado decayó durante su paso por la Cámara Baja.

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Ahora, con el acuerdo nuevamente aprobado por el Congreso, el PP ha reactivado la misma estrategia. El Constitucional tendrá que decidir si existe contradicción entre el artículo cuestionado y la Carta Magna antes de que el tratado pueda culminar su recorrido parlamentario.

Un acuerdo para reforzar una relación estratégica

Aunque toda la atención política se ha concentrado en un único artículo, el Tratado de Amistad y Cooperación es un documento mucho más amplio. Firmado el 19 de enero de 2023 durante la cumbre hispano-francesa celebrada en Barcelona, nació con el objetivo de dar un salto cualitativo a la relación entre dos países que comparten una de las fronteras más importantes de la Unión Europea y mantienen desde hace décadas una estrecha colaboración política, económica y de seguridad.

El acuerdo pretende hacer permanente esa cooperación y dotarla de mecanismos estables. Francia ya había suscrito tratados similares con Alemania e Italia, y España aspiraba a situarse en ese mismo nivel de interlocución privilegiada con uno de sus principales socios europeos.

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La finalidad del texto es institucionalizar una cooperación que ya existe y facilitar que ambos gobiernos coordinen posiciones de manera más frecuente y estructurada. Para ello, el tratado establece la celebración de cumbres bilaterales todos los años entre los presidentes de ambos países y reuniones periódicas entre ministros para preparar posiciones comunes antes de las grandes citas europeas. La idea es que esa coordinación no dependa únicamente de la actualidad política, sino que forme parte del funcionamiento habitual de las relaciones entre Madrid y París.

El presidente de Francia, Emmanuel Macron, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la firma de un Tratado de Amistad (David Zorraquino / Europa Press)

El acuerdo también amplía la colaboración en ámbitos como la política exterior, la defensa y la seguridad, incluyendo la lucha contra el terrorismo, el crimen organizado, las amenazas híbridas y la protección civil. A ello se suman compromisos para reforzar la cooperación en materia energética, impulsar las interconexiones entre ambos países, desarrollar infraestructuras comunes y avanzar en proyectos relacionados con la transición ecológica.

Otro de sus capítulos pone el foco en la economía, la investigación, la innovación, la educación, la cultura y los intercambios entre jóvenes, con el propósito de facilitar proyectos conjuntos y estrechar la colaboración entre universidades, centros tecnológicos y empresas.

Especial relevancia adquieren las zonas fronterizas. El tratado prevé mejorar la coordinación entre administraciones para simplificar la prestación de servicios públicos, favorecer la movilidad de los ciudadanos y desarrollar iniciativas compartidas en territorios donde la cooperación entre ambos países resulta cotidiana. Se trata de una cuestión especialmente relevante para el millón de personas que viven en municipios próximos a la frontera y para los cientos de miles de españoles residentes en Francia.

En definitiva, el objetivo del acuerdo es consolidar una relación política permanente entre dos socios estratégicos de la Unión Europea mediante un marco estable de colaboración que vaya más allá de los cambios de gobierno o de las circunstancias políticas de cada momento.

El artículo 2.4, origen de toda la controversia

Sin embargo, prácticamente todo ese contenido ha quedado eclipsado por la polémica generada alrededor del artículo 2.4. Ese apartado establece que un miembro del Gobierno español y otro del Gobierno francés podrán ser invitados, de forma alterna y con una periodicidad mínima trimestral, a participar en reuniones del Consejo de Ministros del otro país.

La redacción pretendía simbolizar el elevado grado de confianza y cooperación entre ambos Ejecutivos, pero ha acabado convirtiéndose en el principal obstáculo para la entrada en vigor del tratado.

El PP sostiene que la composición del Consejo de Ministros está regulada por la Constitución y considera que permitir la participación de un miembro de un Gobierno extranjero plantea dudas que deben ser resueltas por el Tribunal Constitucional. Por ese motivo promovió ya una cuestión previa en 2025 y ha vuelto a hacerlo ahora, una vez que el Congreso ha aprobado definitivamente el tratado.

Para evitar que ese artículo frustrara nuevamente la ratificación, los ministros de Asuntos Exteriores de España y Francia alcanzaron el pasado mes de abril una interpretación conjunta del texto. En ella se precisa que la invitación prevista en el artículo 2.4 debe entenderse como una participación “en los márgenes” del Consejo de Ministros, es decir, mediante una reunión separada de la sesión oficial y sin intervenir en las deliberaciones ni en la toma de decisiones del Ejecutivo.

El Tratado de Amistad y Cooperación sellado por España y Francia contempla intensificar los contactos entre ambos países para buscar un "frente común" en la Unión Europea y las relaciones internacionales, con relación constante entre ambos Gobiernos e incluso 'intercambios' periódicos en los respectivos Consejos de Ministros. (Moncloa)

El Gobierno considera que esa aclaración despeja cualquier duda sobre la constitucionalidad del tratado y defiende que nunca estuvo previsto que un ministro francés pudiera integrarse en el Consejo de Ministros español o viceversa.

El PP discrepa. En el requerimiento aprobado este jueves sostiene que esa cláusula interpretativa no modifica el contenido del tratado ni forma parte de su articulado, por lo que ambos gobiernos podrían adoptar en el futuro otra interpretación distinta. Además, considera que expresiones como “en los márgenes del Consejo” o “reunión por separado” son demasiado ambiguas y, lejos de eliminar las dudas, las acrecientan.

La decisión adoptada este jueves devuelve ahora la última palabra al Tribunal Constitucional. Hasta que el alto tribunal determine si el artículo 2.4 es o no compatible con la Constitución, la ratificación definitiva del Tratado de Amistad y Cooperación entre España y Francia volverá a permanecer en suspenso, prolongando un bloqueo que ya impidió su entrada en vigor hace poco más de un año.

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