Sebastián Ramírez, abogado: “La Seguridad Social está poniendo muchos problemas para conceder pensiones de incapacidad permanente”

Aunque la enfermedad limite la capacidad de trabajar, muchos trabajadores ven denegadas sus solicitudes de incapacidad permanente y deben enfrentarse a un largo proceso administrativo

Qué es la incapacidad permanente: cómo pedir la pensión, que enfermedades otorgan la ayuda y cuánto dinero se cobra.

Para muchos trabajadores, enfrentarse a un proceso de incapacidad permanente puede convertirse en una experiencia especialmente frustrante. No solo deben convivir con problemas de salud que dificultan o incluso impiden desarrollar su actividad laboral con normalidad, sino que además, en ocasiones, reciben una negativa inicial a su solicitud. La sensación de tener que demostrar reiteradamente que no se está en condiciones de trabajar es una de las quejas más habituales entre quienes pasan por procedimientos ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social dentro del sistema de Seguridad Social, donde las valoraciones médicas y administrativas pueden no coincidir con la percepción del propio afectado sobre sus limitaciones reales.

En un video publicado en su perfil de TikTok (@leyesconsebas), el abogado Sebastián Ramírez advierte de que la Seguridad Social suele presentar “muchos problemas para conceder las pensiones de incapacidad permanente”. Según su experiencia, no se trata de un caso aislado. “No es un secreto ver casos de personas que realmente están mal, que no pueden ir a trabajar y la Seguridad Social les dice que no, que sí están capacitados”, asegura Ramírez.

En España, el reconocimiento de una incapacidad permanente corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), organismo encargado de evaluar si un trabajador reúne las condiciones médicas y laborales necesarias para acceder a una pensión dentro del sistema de Seguridad Social. El procedimiento suele iniciarse tras una baja médica prolongada o a petición del propio trabajador y se basa en informes clínicos, historial sanitario y la evaluación del puesto de trabajo desempeñado.

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Cuando el tribunal médico no reconoce la incapacidad

La legislación española distingue varios grados de incapacidad permanente en función de la limitación que sufra el trabajador para ejercer su actividad profesional. Estos grados incluyen la incapacidad permanente parcial, la total para la profesión habitual, la absoluta para todo trabajo y la gran invalidez. La evaluación corresponde a los Equipos de Valoración de Incapacidades (EVI), a veces llamados “tribunales médicos”, que analizan la documentación sanitaria y determinan si las dolencias del trabajador justifican la concesión de la prestación.

El seguro de invalidez, que entra en vigencia cuando el afiliado presenta una incapacidad permanente, sea esta total o parcial. Foto: AFP Habitat

Cuando la Seguridad Social deniega una pensión o asigna un grado menor al que corresponde, el abogado señala que existe la posibilidad de recurrir. “Si lo haces bien, tienes siempre abierta la puerta de pedirle a un juez que sea él el que vea el caso y corrija a la Seguridad Social si se ha equivocado”, apunta. Ante la negativa inicial del organismo, el letrado insiste en que la situación no está cerrada para quien se considere injustamente valorado. Explica: “Aunque la Seguridad Social te diga en una primera instancia que no, no todo está perdido”.

El trabajador puede recurrir a la vía judicial

Ramírez ejemplifica con una sentencia reciente: “Un juzgado de Barcelona corrige a la Seguridad Social y le concede la incapacidad permanente absoluta a un técnico de mantenimiento”. Casos como este, sostiene, demuestran que el criterio administrativo puede ser revisado por la vía judicial.

El tribunal médico deniega la incapacidad permanente a una mujer con cáncer por ir “demasiado maquillada”.

En España, los procesos para reclamar una pensión de incapacidad permanente suelen comenzar con una resolución negativa de la Seguridad Social. Si la persona afectada no está de acuerdo, puede presentar una reclamación previa y, si esta también es rechazada, acudir a la vía judicial. En muchos casos, un juez puede revertir la decisión administrativa si considera que existen pruebas suficientes del estado de salud del trabajador.

Los tribunales de lo social analizan en estos casos tanto los informes médicos como la realidad laboral del afectado. La jurisprudencia ha señalado en numerosas ocasiones que la valoración no debe centrarse únicamente en el diagnóstico clínico, sino también en el impacto real que las dolencias tienen sobre la capacidad de desempeñar una actividad profesional.

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