
El nuevo registro único de alquiler turístico, que comienza a aplicarse el 1 de julio, introduce una serie de requisitos obligatorios para los propietarios que quieran alquilar su vivienda durante el verano, ya sea por días, semanas o meses. Así que si tienes en mente aprovechar tu casa vacía este verano para ganar un dinero extra, tendrás que realizar algunos trámites y seguir unas normas para asegurarte de que el alquiler sea completamente legal.
Primeros pasos para legalizar el alquiler turístico
La reciente normativa que implementa un registro unificado de viviendas turísticas busca regular el alquiler estacional y garantizar que los propietarios cumplan con las leyes específicas de cada comunidad autónoma y municipio. De acuerdo con Idealista News, el proceso de legalización para el alquiler con fines turísticos requiere que los dueños obtengan la autorización pertinente.
En este contexto, si quieres poner tu casa en alquiler durante el verano, el procedimiento comienza solicitando un número de registro. Este primer paso supone identificar la vivienda mediante su referencia catastral y la dirección exacta.
Es clave indicar si el arrendamiento comprenderá todo el inmueble o solo habitaciones específicas, así como detallar el número máximo de huéspedes permitidos, cumpliendo siempre con los requisitos estipulados por la normativa autonómica correspondiente.
Cada comunidad autónoma puede fijar condiciones distintas en cuanto a las características mínimas, seguridad y accesibilidad de las viviendas turísticas. Por tanto, como propietario deberás revisar cuidadosamente las exigencias regionales y, si corresponde, las ordenanzas adicionales del ayuntamiento del lugar donde se ubique tu inmueble.
Tramitar el registro
Una vez reunida la documentación necesaria, el trámite se efectúa desde la sede electrónica del Colegio de Registradores, utilizando un certificado digital para la identificación. El sistema concede directamente un número de registro provisional, que pasará a ser definitivo tras la validación y revisión formal de los documentos aportados.
Registrar la vivienda para este fin implica un desembolso de 27,05 euros por cada solicitud de código, es decir, cada vivienda tiene su propio número. Este importe corresponde a la gestión del trámite para obtener el identificador.
Informar en las plataformas de alquiler
El siguiente paso será asociar ese número de registro a tu cuenta en las plataformas digitales de alquiler turístico, como Airbnb, Booking o Rentalia. Desde la entrada en vigor de la nueva normativa, sin ese identificador los anuncios no podrán publicarse, siendo este un requisito indispensable para operar en el mercado legal del alquiler vacacional, según subraya Idealista News.
El papel de las comunidades de vecinos
Para poner tu vivienda en alquiler turístico puede que necesites llegar a un acuerdo con la comunidad de propietarios. El artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) permite que la comunidad restrinja o prohíba este tipo de uso en tu vivienda si 3/5 del total de propietarios y cuotas de participación así lo acuerdan.
Tal medida solo se aplica a los arrendamientos turísticos propiamente dichos. En cambio, para el resto de modalidades de arrendamiento temporal, que no se clasifican como viviendas turísticas, se requiere la unanimidad de los propietarios para poder prohibirlas o limitarlas.
Consideraciones fiscales a tener en cuenta
El uso de tu vivienda como alquiler turístico afectará en la relación que tendrás con Hacienda, principalmente en lo referente al tratamiento fiscal del inmueble. Idealista News señala que la Agencia Tributaria puede considerar que tu vivienda ha perdido su carácter de habitual si ha sido alquilada durante parte del año. Esta consideración puede conllevar la pérdida de la deducción por inversión en vivienda habitual si compraste la casa antes del 1 de enero de 2013 y si estabas beneficiándote de esta deducción por las cantidades destinadas a la hipoteca.
Además, alquilar de manera continuada o repetida de forma discontinua puede interpretarse como una utilización prioritaria de la vivienda para arrendamiento, lo que afectaría a varios beneficios fiscales, incluida la exención de la ganancia patrimonial en la venta de la vivienda habitual, además de otras ventajas aplicadas en impuestos donde se reconocía el carácter habitual de la residencia.
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