
Tras la aprobación de la ley de pesca sostenible e investigación pesquera (2023), se introdujo un coeficiente reductor para la edad de jubilación de los buceadores profesionales del 0,15. Este hito supuso un logro histórico para el colectivo, pues dio opción a poder adelantar la retirada casi cuatro años. Pero la cifra se quedó a medio camino de lo propuesto por el Instituto Social de la Marina, que pidió un coeficiente del 0,30.
De cara a la posibilidad de acotar nuevamente la edad de jubilación de los buceadores profesionales, a pesar de la alta siniestralidad que sufren, el Gobierno la pospone. Según se desprende de una respuesta parlamentaria escrita a Aina Vidal, portavoz de los Comunes, del grupo Sumar en el Congreso, el Ejecutivo sugiere esperar primero a la aprobación de la nueva ley marco para poder realizar posteriormente las solicitudes de revisión o reconocimiento de nuevos coeficientes.
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“La aprobación de nuevos coeficientes reductores de la edad de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social debe realizarse de conformidad con el procedimiento previsto en el Real Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social”, sostiene en su respuesta, publicada el pasado 24 de febrero en el Boletín Oficial de las Cortes.
Asimismo, el Ejecutivo recuerda que, en la actualidad, se encuentra en trámite un proyecto de nuevo Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para determinar la procedencia del establecimiento de coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social.
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Esta medida ya ha superado el trámite de audiencia e información pública. “Una vez aprobada la nueva norma podrá solicitarse la aprobación de nuevos coeficientes reductores de la edad de jubilación de acuerdo con el nuevo procedimiento establecido”, remata el Gobierno.
Por este motivo, aunque Sumar apoya la “necesaria revisión integral” del sistema y los criterios de concesión de coeficientes reductores, insta al Gobierno a acometer una reforma para aumentar el coeficiente en el caso de este colectivo de trabajadores en el ámbito del mar y pesquero. “En el caso de los buceadores, no se puede esperar más”, señala Aina Vidal en declaraciones a Infobae España.
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¿Y por qué esta urgencia? “Los buceadores profesionales son uno de los colectivos que mayor siniestralidad sufren”, recoge Vidal en su pregunta escrita. A tenor de los datos aportados en la iniciativa parlamentaria, según el sindicato CGT, entre 1989 y 2014 los buceadores comerciales sufrieron el 78,9% de los accidentes laborales mortales. “La media de edad con patologías invalidantes es de 33 años, siendo ciertamente difícil encontrar buceadores profesionales de más de 50 años. El riesgo de sufrir un accidente laboral por parte de un buceador profesional es 290 veces mayor que la media de la población laboral española”.
Con estas cifras sobre la mesa, el socio minoritario del PSOE considera “evidente” que los buceadores profesionales cumplen “sobradamente” con las condiciones que establece el artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a peligrosidad, penosidad y toxicidad en sus condiciones de trabajo. Por ello, más allá de la introducción del coeficiente reductor del 0,15, Sumar pide dar un paso más.
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“La reforma supone un avance muy importante, pero insuficiente, en un colectivo de trabajadores que desempeñan funciones intrínsecamente peligrosas, que presenta una siniestralidad insoportable y que representan un colectivo ciertamente reducido”, expone Vidal para plantear varias cuestiones al Gobierno, como la posibilidad de aumentar el coeficiente reductor considerando la propuesta del Instituto Social de la Marina.
Solo hay 85 buceadores dados de alta en la Seguridad Social
En su respuesta, el Gobierno recuerda la modificación legislativa de 2023. A través de una nueva disposición adicional sexta, “se reconoce la aplicación de un coeficiente reductor del 0,15 a la edad mínima establecida para la percepción de la pensión de jubilación para las actividades de buceadores extractores de recursos marinos y buceadores con titulación profesional en actividades industriales, incluyendo la actividad docente para la obtención de dicha titulación”.
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Con respecto a la valoración económica de la aplicación de coeficientes reductores para las actividades de buceadores, la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) estima en la propia modificación un coste total de 281,48 millones de euros constantes de 2022.
Por otro lado, también a petición de la representante de los Comunes, el Gobierno informa del número total de buceadores profesionales que trabajan en España cotizando bajo el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, así como de los profesionales que, ejerciendo como instructores de buceo recreativo, puedan estar acogidos al Régimen General de la Seguridad Social. De acuerdo con los datos facilitados por el Instituto Social de la Marina, a fecha 3 de diciembre de 2024, figuran en situación de alta 469 buceadores profesionales en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, distribuidos en cuatro categorías: armadores buceadores profesionales tripulantes de embarcaciones (36), autónomos (8), buceadores profesionales de embarcaciones (84) y buceadores profesionales (341). En cuanto al número de buceadores en alta en el Régimen General, la cifra asciende a 85.
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