
Cada vez más españoles cogen una baja laboral en algún momento del año, lo que obedece a que hay más personas trabajando que nunca, al envejecimiento de la población, a la mayor concienciación sobre salud mental y al progreso en algunos permisos como los de maternidad y paternidad. Según la patronal, esto también obedece a una “cultura del absentismo”, pero los representantes de los trabajadores afirman que la ‘culpa’ es de las empresas, que no cuidan la salud de sus empleados. Sea como sea, es probable que en algún momento de 2025 te hagas la siguiente pregunta: ¿Cuánto se cobra de baja en 2025 y quién paga?
La incapacidad temporal es una prestación económica destinada a proteger a los trabajadores cuando, debido a una enfermedad o accidente, se encuentran incapacitados para desempeñar su labor profesional. La cantidad que un trabajador percibe durante una situación de incapacidad temporal depende de dos factores principales: el origen de la contingencia y el tiempo transcurrido desde que comenzó la baja médica.
En cuanto al primer factor, existen las contingencias comunes —enfermedades o accidentes no relacionados con el trabajo— y las profesionales. En el primer caso, la cuantía económica varía según la duración de la baja: del primer al tercer día, no se percibe ninguna remuneración, salvo que el convenio colectivo del trabajador disponga lo contrario; del cuarto al vigésimo día, el empleado recibe el 60% de la base reguladora diaria; y a partir del día 21, la cuantía asciende al 75% de la base reguladora diaria. La base reguladora se calcula dividiendo las cotizaciones por contingencias comunes del mes anterior a la baja entre el número de días cotizados en dicho período.
Las contingencias profesionales
Cuando la incapacidad temporal deriva de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, las condiciones económicas son más favorables, ya que, desde el día siguiente al de la baja médica, el trabajador percibe el 75 % de la base reguladora.
Aquí, la base reguladora se calcula con las cotizaciones por contingencias profesionales, pudiendo incluir las horas extraordinarias si estas se realizaron en los 12 meses previos a la baja.
En 2025, la prestación por incapacidad temporal está sujeta a un límite máximo, que corresponde al tope de cotización vigente en el Régimen General de la Seguridad Social. Este límite depende del grupo de cotización al que pertenezca el trabajador y se actualiza anualmente. Por ejemplo, en sectores con bases altas, como los directivos, el subsidio no podrá exceder este techo, independientemente del porcentaje aplicado sobre la base reguladora.
Responsable del pago
La gestión del pago de la incapacidad temporal involucra diferentes actores según el origen de la baja y el tiempo transcurrido desde el inicio de la situación. Por contingencias comunes, entre los días 4 y 15 de la baja, la empresa es responsable del pago al trabajador. Este se realiza como un “pago delegado”, es decir, el empresario adelanta el dinero al empleado, pero después lo descuenta de las cotizaciones que debe abonar a la Seguridad Social. Pero a partir del día 16, el pago pasa a ser responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o de la mutua colaboradora que tenga cubierta esta contingencia, según corresponda.
Por contingencias profesionales, desde el primer día de la baja, el responsable del pago es el INSS o la mutua colaboradora con la Seguridad Social.
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