Pedro Sánchez hizo el anuncio en abril: España eliminará las ‘golden visa’. Y así lo acordó hace apenas dos semanas el Congreso de los Diputados, si bien el Senado, con mayoría del PP, no ha ratificado. De vuelta a la Cámara Baja, la medida será aprobada definitivamente. Se trata de un permiso de residencia otorgado a ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea que realizan una inversión significativa en el país. Fue creada en 2013, bajo el Gobierno de Mariano Rajoy, a fin de atraer inversión extranjera, en particular en el sector inmobiliario, aunque también incluye otras áreas de inversión.
Para obtenerla, había que cumplir alguno de estos requisitos:
- Inversión inmobiliaria: la opción más común es la adquisición de bienes raíces en España por un valor superior a 500.000 euros. Esta inversión puede ser en una o varias propiedades.
- Invertir al menos un millón de euros en acciones de empresas españolas, fondos de inversión, o depósitos bancarios.
- Invertir dos millones de euros en deuda pública española.
- Crear o invertir en un proyecto empresarial que genere empleo o tenga un impacto económico en la región.
Como requisitos adicionales, estas personas no debían tener antecedentes penales en España ni en el país de origen o adquirir un seguro médico privado. Con esto, ya disponían de un permiso de residencia inicial de dos años, renovable mientras mantuvieran las condiciones de inversión. Tras cinco años, el titular podía solicitar la residencia permanente y después de diez, la nacionalidad española. Pero no solo eso: la ‘golden visa’, permitía a sus beneficiarios viajar sin visado dentro del espacio Schengen o incluir a familiares directos (cónyuge, hijos menores de edad e hijos adultos dependientes).
Parecieran de esta misma semana, pero ya en abril Sánchez proclamó esta reforma a fin de “garantizar que la vivienda sea un derecho y no un mero negocio especulativo”. Termina el año y el Ejecutivo sigue a vueltas con la vivienda sin pasos significativos mientras los precios siguen aumentando y el acceso, alejándose. “Ese no es el modelo de país que queremos, no es la España que queremos, el de la inversión especulativa en la vivienda”, subrayó el presidente. “Todas las administraciones, sin excepción, deberían tenerlo claro”, afirmó, señalando a las gobernadas por el PP, que no se adhieren a la Ley de Vivienda.
“Alfombra roja para quien venga a España a crear empleo, a invertir en innovación a dinamizar nuestro tejido productivo, y no para quienes, simplemente, buscan especular con un bien como la vivienda”, zanjó el líder socialista.

Qué cambia sin ‘golden visa’
Con todo esto, pues, haciendo una lectura inversa, puede responderse a la pregunta qué derechos perderán los extranjeros que compren vivienda en España con el fin de las ‘golden visa’. Son principalmente cuatro:
- Residencia automática: actualmente, quienes invierten en propiedades por encima de 500.000 euros pueden obtener una autorización de residencia en España, sin necesidad de cumplir con otros requisitos como la oferta de empleo o la relación con familiares directos.
- Acceso a la ciudadanía o residencia permanente: sin la ‘golden visa’, el proceso de obtención de estos derechos se complicará, requiriendo más tiempo o cumplimiento de otros criterios más estrictos.
- Facilidad para viajar dentro de la Unión Europea: los extranjeros que inviertan en propiedades en España ya no disfrutarán de la misma libertad de circulación en el continente.
- Acceso a servicios y beneficios sociales: aunque no está completamente claro si esta medida afectará la posibilidad de acceder a servicios públicos, como sanidad y educación, los cambios podrían implicar que los inversores ya no tengan acceso preferente a ciertos servicios asociados a la residencia.
Cómo obtener el permiso de residencia en España
Para el resto de mortales, con recursos limitados, la residencia es mucho más costosa. Según el borrador del Reglamento de Extranjería, el Arraigo Sociolaboral se presenta como una nueva oportunidad para regularizar la situación de muchos migrantes en España, permitiendo la obtención de una autorización de residencia temporal a quienes hayan residido de forma continuada en el país durante al menos dos años y cuenten con una oferta de empleo al momento de la solicitud. Este mecanismo, que se suma a las modalidades de arraigo ya existentes, tiene como objetivo facilitar la integración laboral y social de los migrantes en el mercado español.
Para acceder a esta modalidad de residencia, los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos generales, como encontrarse en situación irregular al momento de la solicitud, no tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayan residido en los cinco años previos, y no estar rechazados por otros países con los que España mantenga acuerdos. También es necesario haber abonado la tasa correspondiente para tramitar la solicitud.
Uno de los principales cambios que introduce el Arraigo Sociolaboral es la reducción en el tiempo de permanencia en España, pasando de tres a dos años de residencia continua. Además, se exige que el solicitante aporte uno o varios contratos de trabajo que aseguren al menos el Salario Mínimo Interprofesional (1.134 euros en 2024) o el salario establecido en el convenio colectivo. Si el trabajo es parcial o el solicitante tiene varios empleadores, se pueden presentar varios contratos, siempre que la suma de las horas laborales sea de al menos 20 horas semanales, en lugar de las 30 horas requeridas anteriormente. Asimismo, se debe garantizar que el solicitante permanezca en el puesto de trabajo durante un mínimo de tres meses para evitar fraudes.
Este nuevo permiso representa un paso hacia un sistema más accesible para aquellos que, tras haber demostrado su compromiso con la sociedad española, buscan regularizar su estatus y fortalecer su integración.
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