
Ingresos, audiencia y actividad. Esos son los tres criterios que el Gobierno, por primera vez, ha marcado para definir a un ‘influencer’, al considerar que son “usuarios de especial relevancia”. Así lo ha aprobado este martes en un real decreto el Consejo de Ministro, para cumplir así con la Ley Audiovisual aprobada hace dos años. El texto también incluye obligaciones en materia de publicidad y protección a menores.
El desarrollo reglamentario considera que para que una persona sea considera ‘influencer’ debe cumplir una serie de requisitos. El primero, el económico si en el ejercicio anterior ha generado unos ingresos iguales o superiores a 300.000 euros. En segundo lugar, el criterio de audiencia, que exige que superen el millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones de seguidores en el global de su actividad. El último, el de actividad, indica que se deben haber publicado o compartido un mínimo de 24 vídeos al año.
Con esto, el Gobierno pretende proteger a los consumidores, especialmente a los menores, un mayor control de la publicidad y regulación en colaboración con creadores de contenido. Ya el pasado mes de febrero, el Gobierno hizo público que el 70% de los influencers españoles no cumplían con la normativa europea en materia de publicidad.
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Protección de menores y publicidad
Todos los ‘influencers’ que cumplan con los criterios deberán inscribirse en el plazo de dos meses en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como ‘usuarios de especial relevancia’. En el momento en el que se inscriban tendrán que cumplir con la normativa.
A partir de ahora, los creadores de contenido tendrán una serie de obligaciones enmarcadas en la protección de menores y la publicidad: tendrán que etiquetar los contenidos que lanzan en las redes en función de la edad y usar herramientas para identificar la edad si el contenido es inapropiado.
El real decreto también obliga a cumplir tres puntos respecto a la publicidad: identificar expresamente el contenido publicitario, además de prohibir hacer publicidad de tabaco, medicamentos o alcohol, además de prohibir anuncios que puedan causar perjuicio físico o mental a menores.
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En la rueda de prensa, el ministro de Transición Digital y Función Pública, José Luis Escrivá, ha calificado este nuevo reglamento como “muy relevante”, ya que a partir de él se hará un mayor control de la publicidad encubierta o potencialmente encubierta que se emite en las aplicaciones de vídeo.
La iniciativa propuesta por la Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (Uteca) para regular los límites de ingresos y audiencia de los influencers ha generado un debate sobre cómo debería ser su regulación. Uteca sugirió que se considerara como un ‘usuarios de especial relevancia’ (UER) a aquellos influencers que cuenten con al menos 100.000 seguidores y registren ingresos por 100.000 euros.
La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) también ha participado en este debate, instando al Gobierno a adoptar definiciones más amplias para la categorización de los UER. Inicialmente, el borrador de real decreto elaborado por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública establecía requisitos más extensos para la consideración de los influencers, como alcanzar los dos millones de seguidores y obtener una facturación anual de 500.000 euros.
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