El Gobierno limitó el pago de la Tasa de Seguridad de la Aviación: a qué pasajeros beneficia

El Ministerio de Seguridad busca simplificar procesos y reducir costos de servicios chárter y otros servicios específicos. La tasa pasará a ser aplicada sólo a los pasajeros que embarquen en aeronaves destinadas al servicio aéreo de transporte regular

Los pasajeros que embarquen en aeronaves que no estén destinadas a vuelos comerciales regulares, a futuro no se encontrarán alcanzados por la citada Tasa de Seguridad de la Aviación (EFE)

El Ministerio de Seguridad eliminó la Tasa de Seguridad de la Aviación para los pasajeros que embarquen aeronaves de transporte aéreo no regular, general, privado, afectadas a instrucción y entrenamiento, aeronaves de matrículas públicas nacionales o provinciales como las militares, policiales, aduaneras, aeronaves sanitarias y todo otra modalidad de transporte aéreo que no sea comercial regular.

La medida fue oficializada este jueves a través de la Resolución 696 en el Boletín Oficial firmada por la ministra Patricia Bullrich.

Según resaltó el Gobierno, la norma alcanzará a cientos de trabajadores, científicos, personal policial y militar, sanitario y aduanero que transitan diariamente por los aeropuertos y aeródromos que integran el Sistema Nacional.

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“Resulta indispensable profundizar las políticas de desregulación del mercado interno, teniendo por fin la simplificación, reducción de cargas y de costos, mejorando la vida al ciudadano y las empresas. Que en observancia del principio de cielos abiertos, a fin de avanzar en la facilitación del trámite del transporte aeronáutico, resulta necesario limitar las actividades alcanzadas por el pago de Tasa de Seguridad de la Aviación, que pasará a ser aplicada sólo a los pasajeros que embarquen en aeronaves destinadas al servicio aéreo de transporte regular”, indican los considerandos de la norma.

Además, afirman que “los pasajeros que embarquen en aeronaves que no estén destinadas a los denominados vuelos comerciales regulares, a futuro no se encontrarán alcanzados por la citada Tasa de Seguridad de la Aviación, ya que ello permite reducir una carga sobre actividades económicas y recreativas que por sus características, y en el marco de las nuevas políticas, no resulta ni motivado ni costo-eficiente imponerles la carga del pago de una Tasa”.

Y establecen que “los sujetos alcanzados por la Tasa de Seguridad de la Aviación serán únicamente los pasajeros que embarquen en vuelos internacionales, regionales y/o de cabotaje de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos de la REPÚBLICA ARGENTINA, a bordo de aeronaves destinadas al servicio aéreo de transporte regular.”

El Gobierno dispuso una suba del 22,3% en la tasa de protección al vuelo en ruta y en la tasa de apoyo al aterrizaje (EFE/Quique Curbelo/Archivo)

Respecto al volumen de este mercado, desde 2019, los vuelos charter han crecido en forma significativa en Argentina: un 60% según datos de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). Actualmente, se realizan unos 330 vuelos mensuales en el país.

“Esta medida busca facilitar la vida de las personas, reducir la burocracia, mejorar la eficiencia del sector y desregular el mercado interno, simplificando procesos y reduciendo costos para ciudadanos y empresa”, señalaron fuentes oficiales.

Esta decisión se toma luego de que el Gobierno anunciara una suba del 22,3% en la tasa de protección al vuelo en ruta y en la tasa de apoyo al aterrizaje, lo que resultará en un encarecimiento de los pasajes de avión hacia destinos internacionales. Estos dos aranceles estaban congelados desde 2018.

La resolución 208 de la ANACargumenta que el aumento de los costos en la prestación de los servicios encomendados a la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) requiere una “adecuación del valor de las tasas por tales servicios”.

“Los importes de las Tasas de Protección al Vuelo en Ruta y Apoyo al Aterrizaje, por los que se retribuye la prestación de los Servicios de Tránsito Aéreo, se encuentran por debajo de los valores regionales”, indica la normativa firmada por María Julia Cordero, interventora de la ANAC.

Desde la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) aseguraron que estas tasas son cobradas a las empresas aéreas, quienes tienen la opción de trasladar o no este costo adicional a los pasajes. En este contexto, el ajuste no superaría los “80 centavos de dólar por pasajero”.

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