La fuerte advertencia de exrelator de la Cidh sobre denuncias de Petro por presunto fraude electoral: “Podrían generar violencia”

El pronunciamiento se dio en medio de una audiencia en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que analiza el impacto de las declaraciones del presidente sobre un supuesto “riesgo del 100 %” en los comicios

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La demanda fue interpuesta por el abogado Ramiro Bejarano, y 
el magistrado Luis Manuel Lasso está a cargo del proceso - crédito Andrea Puentes/Presidencia y ihr.legal/página web
La demanda fue interpuesta por el abogado Ramiro Bejarano, y el magistrado Luis Manuel Lasso está a cargo del proceso - crédito Andrea Puentes/Presidencia y ihr.legal/página web

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca continuó el 24 de marzo el análisis de una acción popular que cuestiona los pronunciamientos del presidente Gustavo Petro sobre un posible fraude electoral en Colombia.

La diligencia judicial se centra en establecer si las declaraciones del jefe de Estado, difundidas principalmente a través de redes sociales, deben ser limitadas para evitar eventuales afectaciones al sistema electoral. El proceso fue impulsado por el abogado Ramiro Bejarano y es estudiado por el magistrado Luis Manuel Lasso.

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En los primeros momentos de la audiencia se expuso que el debate gira en torno al alcance de la libertad de expresión de los altos funcionarios y los estándares de responsabilidad que deben cumplir cuando se refieren a asuntos sensibles como la transparencia de las elecciones.

Estándares internacionales sobre libertad de expresión

Durante la audiencia fue citado como experto Ignacio Javier Álvarez, exrelator especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), que explicó los criterios del sistema interamericano frente a este tipo de situaciones.

El exrelator señaló que, si bien los mandatarios pueden intervenir en discusiones públicas, ese derecho no es absoluto y debe ejercerse con base en hechos verificables. “Quienes ejercen cargos de alto nivel deben actuar con un grado de diligencia superior al de los ciudadanos”, indicó al referirse a la responsabilidad reforzada de los funcionarios.

El experto explicó los estándares internacionales sobre libertad de expresión para funcionarios públicos - crédito Europa Press
El experto explicó los estándares internacionales sobre libertad de expresión para funcionarios públicos - crédito Europa Press

Álvarez también abordó la relación entre opinión e información en el discurso público de los gobernantes. Según explicó, incluso cuando se trata de opiniones, estas deben sustentarse en hechos razonablemente comprobados debido al peso institucional de quien las emite.

En ese contexto, advirtió sobre los riesgos de que afirmaciones sin sustento verificable afecten la legitimidad de las instituciones democráticas o contribuyan a escenarios de desinformación. “Que un Presidente en ejercicio anuncie de antemano que habrá fraude en unas elecciones mina la confianza del electorado en el proceso mismo. Son declaraciones delicadas que incluso podrían generar violencia. Ejemplos recientes se pueden ver en lo ocurrido en Estados Unidos o Brasil. En nuestra región también hay casos específicos en los que afirmaciones de esa naturaleza pueden derivar en episodios de violencia inmediata”, explicó durante su intervención.

El papel de las redes sociales fue otro de los puntos abordados en la audiencia. El experto señaló que estas plataformas amplifican el impacto de los mensajes y reducen los tiempos de verificación, lo que incrementa la responsabilidad de los funcionarios públicos.

Expresiones basadas en hechos manipulados, difundidas a través de redes sociales, pueden tener consecuencias inmediatas y gravísimas, dependiendo del caso. Las redes permiten llegar a millones de personas en segundos, sin los mecanismos de verificación que suelen aplicar los medios de comunicación. Además, los altos funcionarios cuentan con una alta credibilidad”, afirmó.

Debate jurídico sobre los límites al discurso presidencial

El experto afirmó que no existe una prohibición general para que un mandatario opine sobre decisiones judiciales; sin embargo, explicó los límites -crédito Santiago Saldarriaga/AP
El experto afirmó que no existe una prohibición general para que un mandatario opine sobre decisiones judiciales; sin embargo, explicó los límites -crédito Santiago Saldarriaga/AP

La defensa del presidente Gustavo Petro, encabezada por el abogado Alejandro Carranza, planteó durante la audiencia interrogantes sobre los límites que tendría el jefe de Estado para pronunciarse sobre decisiones judiciales o asuntos relacionados con el sistema electoral.

Frente a este punto, el exrelator respondió que no existe una prohibición general en el sistema interamericano que impida a un mandatario opinar sobre fallos judiciales. Sin embargo, reiteró que cada caso debe analizarse según su contexto, el contenido de las declaraciones y la forma en que estas son emitidas.

El proceso judicial tiene como antecedente una serie de pronunciamientos del presidente Petro en los que ha cuestionado la transparencia del sistema electoral y ha señalado directamente al registrador nacional, Hernán Penagos.

Las advertencias del mandatario incluyen afirmaciones sobre un supuesto 100 % de riesgo de fraude electoral”, expresadas, entre otros escenarios, durante una manifestación realizada el 19 de febrero en la Plaza de Bolívar de Bogotá.

Elecciones Colombia 2026
La Procuraduría solicitó medidas para proteger la confianza en el sistema electoral - crédito Colprensa

Además, el presidente presentó un derecho de petición ante la Fiscalía General de la Nación en el que solicitó información sobre las actuaciones derivadas de una compulsa de copias del Consejo de Estado relacionada con las elecciones legislativas de 2014.

En medio del proceso judicial actual, la Procuraduría General de la Nación ya había solicitado, en audiencias previas, la adopción de medidas cautelares para evitar posibles afectaciones al sistema electoral. Entre sus peticiones, el Ministerio Público pidió que se ordene al presidente abstenerse de emitir declaracionestanto en discursos como en redes sociales— que puedan poner en duda la transparencia del proceso, con el objetivo de proteger la confianza ciudadana en la función electoral.

Ahora, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca deberá evaluar los argumentos presentados por las partes, así como los conceptos técnicos expuestos durante las audiencias, para determinar si procede la adopción de medidas frente a las declaraciones del presidente y su eventual impacto en la confianza del sistema electoral.

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