Aspec pidió a Indecopi y a la Fiscalía que investiguen el precio de las pruebas antígenas en Perú

En territorio nacional, esta prueba cuesta cinco veces más que en los países europeos, según la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios.

Compartir
Compartir articulo
Las pruebas antígenas son caras en el Perú en comparación con las que se ofrecen en Europa. Foto: Andina
Las pruebas antígenas son caras en el Perú en comparación con las que se ofrecen en Europa. Foto: Andina

La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) urgió a las autoridades a mantenerse alertas en relación a los elevados precios de las pruebas de antígenos o autotests que vienen comercializando diversas farmacias y boticas, los mismos que cuestan en promedio 50 soles.

Según ASPEC, no hay que olvidar lo que sucedió apenas el año pasado cuando los productos y servicios vinculados al tratamiento de la COVID-19 que comercializaban las empresas privadas, incrementaron sus precios de manera desmesurada alejándolos del alcance de la mayoría de la población, particularmente la de menores ingresos económicos.

Actualmente en España la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIPM) fijó como precio tope para este tipo de pruebas la suma de 2.94 euros (13,10 soles). En Alemania cuestan 2,9 euros (12,80 soles), en Portugal 2,1 euros (9,27 soles) y en Francia 1,95 euros (8,61 soles).

Para Aspec, se trata de países con un alto nivel de institucionalidad donde los gobiernos adoptan las medidas que sean necesarias para preservar la salud de sus ciudadanos. Asimismo, en tales países el costo de vida es notoriamente más elevado que el peruano. Por ello, resulta inexplicable que en el Perú dichas pruebas cuesten cinco veces más.

En esa línea, tal como lo hizo en el 2020, Aspec pidió a Indecopi que investigue si existen situaciones de concertación de precios o de abuso de posición de dominio en el mercado en relación a tales productos.

Hay que recordar que, si el Indecopi considera que una infracción de este tipo tiene el carácter de “muy grave”, en armonía con el artículo 46° del Decreto Supremo 030-2019-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, la multa a imponer a la empresa infractora puede superar las 1,000 UIT.

Del mismo modo, solicitó al Ministerio Público que indague si existen indicios del delito de especulación en agravio de los consumidores cuya pena, con arreglo a la Ley N° 31040 que modifica el artículo 234° del Código Penal, puede ser de hasta seis años de pena privativa de la libertad.

“Y pensar que el 2021 había quienes sostenían sin rubor que el proceso de vacunación debía privatizarse, a lo que nos opusimos tenazmente. Si eso hubiera sucedido, hoy estaríamos llorando más muertes de las que ya se produjeron. La empresa privada tiene que entender de una vez que no puede lucrar abusivamente a expensas de la vida de las personas”, concluyó Crisólogo Cáceres, presidente de ASPEC.

SEGUIR LEYENDO: