Bruselas, 4 jun (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reconoció este jueves la posibilidad de disfrutar de un permiso de residencia derivado a la madre de un menor en el Estado miembro en el que reside con su hijo y del que este es nacional, aun cuando la progenitora ya disfrute de ese derecho de residencia en otro país comunitario.
La corte, con sede en Luxemburgo, se expresó así en el caso de una mujer marroquí residente en Países Bajos con su hijo y cónyuge de nacionalidad neerlandesa, cuyo permiso de residencia derivado le fue denegado por un tribunal neerlandés por considerar que ya tenía reconocido ese derecho en España, donde residió y trabajó legalmente durante 15 años antes de formar esa unidad familiar.
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En su sentencia publicada hoy, los jueces europeos señalaron que en el supuesto de que la mujer ya no tuviera derecho de residencia en España (y, por tanto, en ningún Estado miembro de la UE), las autoridades neerlandesas estarían obligadas a concederle un derecho de residencia derivado, por la "relación de dependencia" entre la madre y el hijo. En el caso juzgado, el padre del menor no percibe ningún ingreso profesional debido a su estado de salud y percibe prestaciones de asistencia social.
En el caso de que, por el contrario, la mujer siguiera teniendo derecho de residencia en España, "esta circunstancia no excluye, por sí sola, la posibilidad de que goce de un derecho de residencia derivado en los Países Bajos".
El TJUE consideró que, en cualquiera de los supuestos, tal denegación obligaría al menor a abandonar los Países Bajos, su estado miembro de residencia y del que es nacional, lo que vulneraría sus derechos como ciudadano de la Unión.
"En estas circunstancias, y sin perjuicio de una comprobación por parte del tribunal neerlandés, el Tribunal de Justicia declara que debería concederse a V (la madre) un derecho de residencia derivado en los Países Bajos, ya que la denegación de ese derecho menoscabaría la unidad familiar y privaría al menor de la posibilidad de que ha gozado, desde su nacimiento, de mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre".
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La corte instó no obstante al tribunal neerlandés a "comprobar si un traslado forzoso del niño a España sería contrario a su interés superior". EFE
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