
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) había descartado hace una semana la imputación de Carlos Mazón al no encontrar pruebas que respalden la existencia de un delito relacionado con su intervención en la gestión de la inundación del 29 de octubre de 2024 en la provincia de Valencia. En este contexto, el expresidente de la Generalitat solicitó la posibilidad de personarse en la causa judicial, alegando que deseaba seguir los procedimientos que aún se desarrollan y así asegurarse de si continuaban investigando sus acciones. La jueza encargada del caso ha decidido rechazar esa petición.
Según publicó el medio responsable de la información, la magistrada que dirige la instrucción desde el juzgado de Catarroja ha confirmado que Carlos Mazón únicamente puede participar en el proceso en calidad de testigo, tal como lo determina la situación jurídica del expediente. Esta decisión responde a la solicitud planteada el lunes por el abogado representante de Mazón, quien propuso la personación de su defendido en el procedimiento, apoyándose en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y alegando el derecho a analizar las diligencias relacionadas con él.
La jueza argumentó que, al no haber indicios consistentes en la instrucción que apunten al expresidente y al haber sido citado estrictamente como testigo, la personación no corresponde en este contexto. El medio detalló que Mazón fue convocado como testigo poco después de que el TSJCV concluyera que no existía evidencia suficiente para abrir una investigación formal sobre su actuación durante la catástrofe.
El episodio se enmarca en la investigación abierta por la inundación devastadora, conocida como “dana”, que el 29 de octubre de 2024 provocó el fallecimiento de 230 personas solo en la provincia de Valencia. Tras este acontecimiento, las autoridades judiciales revisan la gestión y las posibles responsabilidades con relación a la respuesta institucional ofrecida ante la emergencia. Según consignó el medio, la postura oficial de la jueza sostiene que, mientras no existan cargos ni indicios en contra, Mazón solo podrá participar en las diligencias como testigo y sin intervenir formalmente en el resto del procedimiento.
El propio Mazón manifestó públicamente, este martes, que la razón fundamental de su interés en personarse residía en el deseo de saber si seguían manteniendo abierta cualquier línea de investigación sobre él. “Tan sencillo como eso, creo que tengo derecho a saberlo”, declaró ante los medios, según recogió el mismo medio.
El rechazo de la magistrada, detalló el medio, se basa en la interpretación directa de la normativa penal, ya que la condición de testigo impide ejercer los derechos de parte procesal previstos para los investigados o imputados. Los representantes de Mazón pretendían acceder a las actuaciones en curso, argumentando que algunas diligencias aún tendrían repercusión en la figura del expresidente, incluso después de la decisión del TSJCV de no imputarlo.
El caso de la gestión pública ante la dana, que resultó en una cifra elevada de víctimas mortales, ha abierto líneas de análisis sobre la actuación del gobierno autonómico en funciones, aunque hasta el momento no existen procedimientos penales abiertos contra miembros del Ejecutivo de entonces, según informó el medio. La causa judicial sigue desarrollándose con nuevas citaciones y revisiones documentales, centradas en esclarecer las decisiones, recursos movilizados y alertas emitidas en el contexto de la emergencia.
La resolución de la jueza zanja por el momento el debate sobre la personación de Mazón, fijando su papel estrictamente en el ámbito testimonial, conforme a las previsiones legales expuestas por el medio. La instrucción permanece abierta y la investigación continúa avanzando sobre el resto de los aspectos relativos a la gestión de la emergencia en Valencia el 29 de octubre de 2024.