Guayaquil (Ecuador), 9 mar (EFE).- La Corte Constitucional de Ecuador informó este lunes que el tratado para la promoción y protección recíproca de las inversiones suscrito entre el país andino y Emiratos Árabes Unidos en diciembre pasado requiere de aprobación por parte de la Asamblea Nacional (Parlamento), controlada por el oficialismo, antes de su ratificación.
En un dictamen, la alta corte señala que el acuerdo encaja preliminarmente en uno de los casos previstos en la Constitución que exigen aprobación legislativa cuando un tratado podría atribuir competencias propias del orden jurídico a un organismo internacional o supranacional, al prever mecanismos de solución de controversias entre inversionistas y el Estado mediante arbitraje internacional.
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El tratado fue suscrito el pasado 6 de diciembre, en una visita que hizo el presidente Daniel Noboa a Emiratos Árabes Unidos y permitirá "que las inversiones gestionadas entre ambas naciones abonen al dinamismo económico de Ecuador y a la creación de plazas de empleo", según dijo en ese entonces la ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Gabriela Sommerfeld.
Se trata de un documento que establece garantías claras, modernas y un entorno seguro para la llegada de capital de Emiratos Árabes Unidos y derivarlo a sectores prioritarios como infraestructura, energías renovables, agroindustria, logística, economía digital, turismo, minería responsable y proyectos de desarrollo sostenible, señaló también la Presidencia.
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La Corte aclaró este lunes que este pronunciamiento corresponde al primer momento de control constitucional de los tratados internacionales previstos en la legislación ecuatoriana, es decir, que aún no ha tomado una decisión sobre la constitucionalidad del contenido del acuerdo.
Por lo que el alto tribunal "continuará con el segundo momento que corresponde al análisis del contenido del tratado, con el fin de verificar su conformidad con la Constitución".
Por eso también dispuso que se publique el texto del acuerdo en el Registro Oficial y en el portal electrónico de la Corte Constitucional para que, dentro de diez días contados a partir de su publicación, cualquier ciudadano defienda o impugne su constitucionalidad parcial o total. EFE
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