Jueza ve indicios de homicidio en incendio de discoteca española frecuentada por latinos

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Murcia (España), 13 feb (EFE).- La jueza que instruye el caso de la discoteca española en la que murieron trece personas de origen latinoamericano en 2023 ha concluido que existen indicios suficientes para atribuir a cinco personas los delito de homicidio por imprudencia por los que están imputados.

Tras la práctica de diligencias, en el auto de continuación por los trámites del procedimiento abreviado se señala que “existen indicios racionales” de que los hechos investigados podrían ser constitutivos de "infracción penal".

Por ello, la magistrada acuerda continuar el procedimiento contra los cinco investigados (los responsables de doss discotecas vecinas, el organizador de la fiesta celebrada esa madrugada y el técnico proyectista que intervino en la configuración del local).

En el relato de la instructora se señala que para la fiesta en una de las discotecas, ubicadas en la ciudad Murcia (sureste de España), se instalaron dos máquinas generadoras de 'chispas de fuego frío', alimentadas con titanio, cuyo sistema alcanzaba temperaturas de hasta 452 grados centígrados y podía proyectar chispas a varios metros de altura.

La resolución recoge que esas máquinas 'carecían de número de referencia/serie' y que, conforme a sus propias instrucciones, debían utilizarse respetando determinadas distancias de seguridad.

Sin embargo, según los indicios, 'las chispas que desprendían estuvieron colisionando contra el techo a lo largo de la noche', hasta que este 'comenzó a arder en el punto justo donde chocaban las chispas de fuego frío de titanio'.

El fuego se propagó con rapidez, alcanzando el establecimiento contiguo, y 'a trece personas que estaban en la planta primera (…) no les dio tiempo a abandonarla y fallecieron en su interior', según se recoge en la resolución.

El auto también analiza las obras realizadas años antes en la nave industrial que albergaba ambos establecimientos, y añade que esta fue dividida en dos salas “sin haber obtenido licencia municipal”, modificación que “tuvo relevancia en la propagación del fuego de un establecimiento a otro, así como en sus consecuencias”.

El auto añade que la nueva configuración 'indiciariamente no cumplía las exigencias de seguridad contra incendios del Código Técnico de la Edificación' y que esa situación se habría mantenido hasta la fecha de los hechos.

En concreto, la resolución enumera diversas “deficiencias técnicas de compartimentación que favorecieron la propagación y consecuencias del fuego”, entre ellas, la inexistencia de elementos con la resistencia al fuego exigible y la falta de una franja de protección adecuada en la cubierta.

También, la ausencia de puertas cortafuegos en la medianería entre ambos locales y la existencia de conductos de climatización que comunicaban ambos espacios "sin existir compartimentación, posibilitando el paso del fuego de un establecimiento a otro". EFE

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