
El fallo judicial precisa que André Ventura deberá desembolsar 5.000 euros por cada día y por cada cartel que permanezca exhibido en espacios públicos, una vez vencido el plazo que ha determinado la jueza Ana Barão del Tribunal Civil de Lisboa. Esta decisión, informada por la cadena portuguesa RTP, afecta tanto a los carteles actualmente visibles como a aquellos de igual contenido que se coloquen posteriormente. El tribunal también exige que el líder del partido Chega se abstenga de promover cualquier pancarta futura cuyo contenido sea “idéntico o equivalente”. La resolución se deriva de la demanda presentada por seis ciudadanos de etnia gitana, quienes solicitaron la intervención del Poder Judicial ante la instalación de estos mensajes durante la campaña electoral en Lisboa, Moita, Montijo y Palmela.
Según consignó el medio RTP, las pancartas incluyen frases como “Esto no es Bangladesh” y “Los gitanos deben obedecer la ley”. Las mencionadas expresiones generaron reacciones inmediatas entre distintas organizaciones y ciudadanos, por su relación directa con la comunidad gitana y la acusación de promover ideas discriminatorias. Ventura, aspirante a la Presidencia de Portugal y líder de Chega, aseguró en sede judicial que los mensajes no perseguían devaluar o menospreciar a la comunidad gitana, sino que apuntaban a estimular un debate público sobre lo que define como una “falta de integración” y un supuesto “patrón” de incumplimiento de leyes. Sin embargo, la jueza determinó que el contenido de los carteles justifica su remoción, en un fallo que incluye la aplicación de sanciones monetarias diarias si no se cumple la orden en un plazo máximo de 24 horas.
El medio RTP detalló que la base jurídica de la sentencia se sustenta en la prohibición de promover mensajes que inciten a la discriminación o fomenten estigmatización sobre grupos específicos, criterio que respaldó la solicitud de los demandantes. En este contexto, la magistrada Ana Barão subrayó que la restricción debe aplicarse tanto a la difusión directa como indirecta de material con dimensiones análogas, cubriendo potenciales intentos futuros de reproducción del mensaje original en cualquier formato o plataforma.
Durante el proceso, Ventura argumentó que la retirada impuesta podría sentar un “precedente muy grave” para el desarrollo de la política en Portugal y facilitar el “fin de la política” según un comunicado difundido por Chega en su sitio web. De acuerdo con esta formación, el debate político quedaría limitado si se restringen las expresiones que, a su juicio, forman parte del discurso público sobre la integración. Pese a estas manifestaciones, el tribunal consideró que la protección de los derechos de las personas afectadas prevalece sobre las afirmaciones de libertad política esgrimidas por el candidato.
RTP explicó que el eslogan de los carteles deriva de un vídeo anónimo, creado con Inteligencia Artificial y divulgado por redes sociales en septiembre, que muestra al propio André Ventura bailando y cantando la letra “Esto no es Bangladesh”. Este material se viralizó y generó una amplia respuesta entre la población, especialmente en entornos escolares, según el reporte de varias organizaciones no gubernamentales. Una de ellas, SOS Racismo Portugal, señaló que el vídeo y su mensaje fueron compartidos entre estudiantes de colegios e institutos, originando actitudes de discriminación hacia integrantes de la comunidad gitana.
De acuerdo con la información publicada, la Comisión Electoral portuguesa evaluó en su momento la legalidad de los carteles utilizados durante la campaña y los consideró ajustados al marco normativo vigente. Sin embargo, la intervención judicial posterior ha modificado el escenario y obliga al líder de Chega a eliminar todas las versiones del mensaje en cuestión. El pronunciamiento de la corte incluye una advertencia explícita respecto a eventuales tentativas de instalar pancartas con contenidos similares por parte de André Ventura o de cualquier persona vinculada a su plataforma política.
RTP reportó que la reacción entre los sectores afectados se intensificó tras la aparición de los carteles y la distribución del vídeo en los centros educativos, lo que motivó a diversas ONG a denunciar públicamente el impacto negativo sobre estudiantes gitanos. Las demandas judiciales de los ciudadanos involucrados aducen que los mensajes tuvieron consecuencias concretas en la vida diaria de quienes integran estos colectivos, generando exclusión y agravando las tensiones existentes en los municipios donde se desplegaron las pancartas.
En la audiencia, André Ventura insistió en que la intención de la campaña era provocar una discusión nacional sobre políticas de integración y el cumplimiento de normativas, aunque rechazó que el motivo fuera difundir prejuicios contra la comunidad gitana. La jueza, sin embargo, estableció que esa defensa no justifica la permanencia de carteles que puedan interpretarse como incitadores a la discriminación, por lo que ratificó la obligación de retirarlos y la aplicación de multas en caso de incumplimiento.
El hecho ha marcado un episodio relevante dentro de la campaña política de Chega, partido caracterizado por posiciones controvertidas sobre temas de inmigración y minorías. La difusión del vídeo en plataformas digitales y su alcance en sectores juveniles han sido objeto de análisis y críticas por parte de especialistas en derechos humanos, que alertaron, según RTP, sobre posibles efectos adversos para la convivencia y el respeto a la diversidad en las instituciones educativas y sociales del país.
Con la decisión, el tribunal de Lisboa establece un precedente judicial para la resolución de conflictos relacionados con la libertad de expresión y la protección de colectivos minoritarios, limitando cualquier intento de repetir acciones similares en el contexto de futuras contiendas electorales. El seguimiento de la ejecución de la sentencia incluye observación sobre posibles nuevas instalaciones de carteles o mensajes equivalentes, y prevé sanciones automáticas ante cualquier infracción comprobada, conforme a lo dispuesto por la jueza Barão.
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