El TJUE condena a Polonia por cuestionar en el pasado su Tribunal Constitucional los principios de la UE

La máxima instancia judicial europea resolvió que ningún integrante puede invocar su constitución para desconocer los lineamientos colectivos, estableciendo además precedentes sobre el sometimiento pleno a las normas comunes y a la autonomía de los tribunales europeos

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que, una vez que un país ingresa al bloque, los compromisos jurídicos asumidos no pueden ser renegociados o impugnados invocando disposiciones de la constitución nacional. Según consignó la fuente que proporcionó esta información, la decisión responde al litigio en contra de Polonia, cuyo Tribunal Constitucional había puesto en entredicho la primacía del Derecho comunitario en relación con el ordenamiento jurídico nacional.

El medio detalló que el fallo del TJUE subraya que ningún Estado miembro está habilitado para ampararse en su identidad constitucional con el fin de evitar el cumplimiento de los valores esenciales de la Unión Europea, como son el Estado de derecho, la tutela judicial efectiva y la independencia judicial. Esta sentencia se emitió tras los cuestionamientos planteados por el Tribunal Constitucional polaco sobre la supremacía de la normativa comunitaria, específicamente en resoluciones adoptadas en julio y octubre de 2021. Posteriormente, la Comisión Europea abrió un procedimiento sancionador contra el Gobierno polaco en diciembre de ese año, en respuesta a estas decisiones judiciales nacionales, informó el medio.

El principio de primacía del Derecho de la Unión constituye uno de los fundamentos operativos que facilitan la aplicación homogénea de las normas europeas en todos los países miembros. Durante el examen del caso, la fuente publicó que la Comisión Europea sostuvo ante el TJUE que el Tribunal Constitucional de Polonia no cumplía con los requisitos de independencia e imparcialidad exigidos por la legislación europea. El dictamen de Bruselas consideró que la instancia judicial polaca no respetaba las condiciones para ser reconocida como un tribunal autónomo y formalmente constituido bajo la ley, motivo por el cual la Comisión formalizó la denuncia ante el TJUE en febrero de 2023, según reportes del propio medio.

El Tribunal de Justicia acogió íntegramente la demanda de la Comisión Europea, concluyendo que Polonia no había honrado sus deberes derivados de su incorporación a la Unión. El veredicto destaca que los valores del artículo 2 del Tratado de la UE —que incluyen el respeto al Estado de derecho, la igualdad y los derechos humanos— no representan solo principios retóricos del pacto fundacional, sino condiciones obligatorias y no negociables para todos los integrantes del bloque, según reiteró el medio. De acuerdo con el fallo, los Estados miembros no pueden escudarse en la defensa de su identidad constitucional para desconocer el cumplimiento de estas obligaciones.

De igual modo, la sentencia aclara que solo los tribunales europeos, y no los nacionales, poseen competencia para interpretar y determinar el alcance de las facultades atribuidas a la Unión por los Estados parte, publicó el medio. El fallo resalta que ningún órgano judicial nacional puede de manera unilateral decidir sobre los límites de estos poderes o modificar el reparto de competencias establecido en los Tratados constitutivos. Dicha determinación establece un precedente que guiará la resolución de futuros enfrentamientos entre la legislación interna de los países miembros y la normativa europea obligatoria.

El medio que aporta la información señaló que, en este contexto, la sentencia del TJUE refuerza la importancia de la independencia judicial como uno de los principales soportes del sistema de garantías de derechos en la Unión y como elemento esencial para mantener el equilibrio institucional frente a posibles desafíos de las autoridades nacionales. Esta resolución, según publicó la fuente, se produce en el marco de un periodo de tensión sostenida entre las instituciones europeas y el gobierno polaco, promovido desde entonces por Mateusz Morawiecki, ante reiteradas advertencias de la Comisión acerca de la necesidad de preservar la autonomía judicial y observar los valores que asume el bloque.

Las interpretaciones consignadas en la cobertura del caso establecen que el criterio aplicado por el tribunal europeo sienta una obligación de cumplimiento incondicional de las directivas, reglamentos y principios clave del Derecho de la Unión. Esto implica que la supremacía de la legislación comunitaria prevalece sobre cualquier normativa nacional, reforzando la uniformidad en la aplicación de la ley al interior de los países miembros.

El fallo del Tribunal de Justicia se consolida como punto de referencia para el tratamiento institucional de situaciones análogas en el futuro, reconfigurando el alcance práctico de la soberanía de los Estados donde rigen normas supranacionales y reiterando el papel de máxima autoridad judicial de la Unión Europea. Según el relato del medio, esta decisión busca garantizar que el marco normativo europeo siga siendo el último garante de los principios y derechos aceptados colectivamente por los Estados miembros a través de su adhesión a la Unión.

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