
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha dictado sentencia en base al veredicto de culpabilidad, por la que condena a 15 años de prisión a Fredy R.M., como autor del asesinato de un hombre con el que vivía en una casa okupa de la ciudad olívica.
En su sentencia, la sala señala que el jurado consideró probado por unanimidad que el acusado atacó a la víctima con un cuchillo que había cogido del interior del inmueble y se lo clavó cuatro veces con la intención de acabar con su vida. Además, añade que, "dado el profundo estado de embriaguez de la víctima y lo inesperado del ataque, no tuvo posibilidad de repeler la agresión".
La resolución también expone que el tribunal popular consideró acreditados estos hechos en base a los datos de localización de los teléfonos móviles, las imágenes de las cámaras, las pruebas de ADN del cuchillo y la sangre del fallecido en la ropa y las manos del acusado, que "en ningún momento da una explicación creíble que lo pudiera exculpar, sino una serie de contradicciones".
Igualmente, el jurado entendió probado por unanimidad que Fredy R.M. tenía intención de acabar con la vida, de la víctima, "atendiendo a la naturaleza del instrumento empleado, a las zonas del cuerpo de la víctima a donde dirigió el ataque, al número de puñaladas y a la intensidad con la que perforó el corazón".
La víctima estaba en estado de embriaguez y el ataque fue inesperado, ya que "no se apreciaron heridas en las manos que pudieran ser ocasionadas por un acto de defensa". Por ello concluye que ni pudo prever la acometida ni pudo defenderse, ya que no existió "la posibilidad de una resistencia mínimamente eficaz o de una defensa real que pudiera provenir de la propia víctima", por lo que concurre la agravante de alevosía que cualifica el asesinato.
Tras el juicio, celebrado hace dos semanas, y a la vista del veredicto, la Fiscalía mantuvo su petición de 20 años de cárcel para el acusado, mientras que la defensa (que pedía la libre absolución o, subsidiariamente, una condena por homicidio), solicitó la pena mínima para este caso, de 15 años de prisión.
Finalmente, la Audiencia ha fijado la pena en esos 15 años, aunque la sentencia no es firme y puede presentarse recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
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