La jueza del Juzgado de Instrucción 4 de San Bartolomé, en Gran Canaria, continúa la instrucción del caso de Anabel Pantoja y David Rodríguez, investigados por un presunto delito de maltrato infantil a su hija Alma por las lesiones que presentaba la pequeña cuando ingresó de urgencia en el Hospital Materno-Infantil de Las Palmas el pasado 9 de enero.
A su disposición desde este lunes las imágenes de las cámaras de seguridad del centro comercial en el que se encontraban cuando la recién nacida sufrió la crisis mientras el fisioterapeuta y la niña esperaban en el coche a la influencer, que se había bajado a realizar unas compras rápidas. Y con ellas la Justicia averiguaría si lo declarado por el joven corresponde con lo sucedido, y con el parte de lesiones de la menor.
Una prueba definitiva tras la que la jueza podría archivar el caso, o enviar a juicio a Anabel, a David, o a ambos. El foco de la investigación está puesto en el cordobés, puesto que es el que estaba con Alma cuando sucedieron los hechos que desencadenaron su ingreso hospitalario durante 18 días.
Este miércoles Antonio Rossi ha revelado sin embargo una importante novedad relacionada con este asunto. Y es que como ha apuntado en 'Vamos a ver' además de intentar calmar a la niña en el interior del coche practicando ciertas maniobras, David habría salido del vehículo con ella en brazos para intentar calmarla, intentando solventar la crisis en el exterior para que a la pequeña le diese el aire. Algo que probarían las imágenes de las cámaras.
LOS DOS DELITOS A LOS QUE SE PODRÍAN ENFRENTAR ANABEL Y DAVID
Además, Rossi ha desvelado los dos posibles delitos penales a los que se podrían enfrentar Anabel y David si la jueza no archivase el caso, explicando los artículos del Código Penal por los que se estaría investigando a la pareja por las lesiones que presentaba su pequeña.
"Hasta ahora sabíamos que estaban siendo investigados por un presunto delito de maltrato infantil, que engloba muchas cosas. El juez lo delimita en dos, solo dos, posibles delitos", ha revelado. Por un lado, un delito de lesiones, tipificado en el artículo 147 del Código Penal, agravado con el 148.3 por haberse cometido sobre una persona menor de catorce años. Esto, sin perjuicio de otra calificación en el 149. Y por otro lado, un delito de lesiones imprudentes y graves, tipificado en el artículo 152 relacionado con el motivo de la producción de las lesiones. Siempre y cuando no se decida el archivo del caso, opción más probable para muchos expertos ante la falta de intencionalidad por parte de la pareja -en este caso de David- de hacer daño a su hija.
Sin embargo, en el caso de que se dictase apertura de juicio contra la influencer y su novio, las posibles condenas ligadas a este tipo de delitos irían de 2 a 5 años en el delito de lesiones a menores de 14 años; y de 3 a 6 meses de prisión en el de lesiones imprudentes graves, derivadas de un dolo eventual.
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