
MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) ha confirmado la constitucionalidad del Decreto 4.275 del 30 de agosto de 2020 mediante la cual se declara el estado de excepción y de emergencia económica, que permite anular cualquier acto de la Asamblea Nacional mientras esté en desacato.
Asimismo considera inconstitucionales y absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica los actos de la Asamblea Nacional para derogar el decreto 4.275.
Además, la Sala Constitucional recuerda que sus sentencias tienen carácter y efectos 'erga omnes', inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional.
La Asamblea Nacional está controlada por la oposición y su presidente, Juan Guaidó, se ha autoproclamado presidente encargado de Venezuela tras denunciar fraude en la última reelección del presidente, Nicolás Maduro.
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