Costa Rica pone en vigor norma que regula aborto terapéutico

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El presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, firmó este jueves una norma técnica que regula la aplicación del aborto terapéutico en caso de riesgo para la salud o la vida de la madre, una medida que desató airadas reacciones de sectores conservadores.

La disposición establece una guía para la realización de abortos conforme a lo establecido por el Código Penal desde 1970, que admite interrumpir el embarazo en el país únicamente en caso de que exista un riesgo para la salud o la vida de la mujer gestante.

Alvarado reveló en su cuenta de Twitter que firmó la norma técnica junto al ministro de Salud, Daniel Salas.

"Con esto buscamos saldar una deuda histórica con las mujeres de este país", escribió Alvarado.

Organizaciones feministas y activistas de salud han reclamado la necesidad de contar con la norma técnica debido a que su ausencia generaba incertidumbre en los médicos sobre cuándo era necesario realizar un aborto.

La firma de la norma técnica se dio horas después de que la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), a cargo de los hospitales públicos del país, emitió una opinión favorable a la propuesta que le envió el Ministerio de Salud.

La CCSS tendrá un plazo de seis meses para poner en marcha lo dispuesto por la norma.

De acuerdo con el texto firmado por Alvarado, las mujeres que quieran abortar necesitarán el aval de tres ginecólogos. Deberá contar también con la autorización de la gestante.

Partidos evangélicos en el parlamento anunciaron que demandarán al presidente ante la justicia por considerar que no tiene facultades legales para emitir la disposición.

La diputada evangélica Ivonne Acuña presentó recientemente un proyecto de ley para modificar el Código Penal de manera que únicamente se permita el aborto terapéutico en caso de riesgo para la vida de la gestante, no a su salud.

La Iglesia católica también rechazó la norma al advertir que podría abrir portillos para el aborto libre en el país.

El ministro de Salud sostuvo que la norma no admite el aborto libre y más bien "garantiza el apego al criterio médico" para interrumpir el embarazo en los únicos casos en que lo permite la legislación, cuando existe riesgo para la salud o la vida de la madre.

mas/dga

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