Confirman las condenas para Astiz y el "Tigre" Acosta por sus crímenes en la ESMA

La Cámara de Casación Penal ratificó las penas a prisión perpetua contra ocho represores por crímenes de lesa humanidad, entre ellos, las desapariciones de Rodolfo Walsh, Azuzena Villaflor y las monjas francesas

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 Télam 162
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Se estima que durante la última dictadura unas cinco mil personas pasaron por el centro de detención ilegal más grande que tuvo la última dictadura, que funcionó en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESAM). En lo que fue el primer juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos en allí, en octubre de 2011 el Tribunal Oral Federal 5 condenó a cadena perpetua a diez represores, entre ellos, Alfredo Astiz y Jorge "El Tigre" Acosta. Hoy la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó esas penas.

Además de Astiz y Acosta, los condenados a la pena máxima son todos integrantes del Grupo de Tareas 3.3.2 de la ESMA: Ricardo "Sérpico" Cavallo, Antonio "Trueno" o "Rata" Pernías, Raúl "Pingüino" Scheller, Jorge "Ruger" Radice, Adolfo "Jerónimo" o "Palito" Donda, Alberto "Gato" González, Néstor Savio y Ernesto Frimón "220" Weber. Oscar Montes y Julio César "Maco" Coronel también habían sido sentenciados a perpetua, pero fallecieron durante el transcurso del recurso de casación.

La Sala II de Casación también ratificó las condenas a 25 años de prisión para Manuel Jacinto García Tallada; 20 años para Carlos "Tommy" Capdevilla; y 18 años para Juan "Piraña" Azic. Y anuló las absoluciones de Juan Carlos Rolón y Pablo "Serra" García Velasco, sobre quienes ordenó que se dicte una nuevo fallo.

Las defensas habían alegado la prescripción de la acción penal y, dentro del marco del debate oral y público, impugnaron las declaraciones de testigos y la valoración de la prueba producida durante el juicio, pero la Sala II rechazó esos argumentos: advirtió que el tratarse de crímenes de lesa humanidad no prescriben y consideró que los hechos fueron probados.

El fallo de 540 carillas lleva la firma de los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David. Los magistrados consideraron a los condenados culpables del secuestro, tortura y desaparición de 85 personas, entre ellas, el periodista Rodolfo Walsh, cuya muerte fue consumada por el Grupo de Tareas 3.3.2, según el fallo.

Entre las víctimas también hay personas que participaban de las reuniones de familiares de desaparecidos que se realizaban en la iglesia de la Santa Cruz, en el barrio porteño de San Cristóbal, donde Astiz se hizo pasar por el hermano de una secuestrada, se infiltró con el nombre de Gustavo Niño y "marcó" 12 personas, incluidas tres fundadoras de Madres de Plaza de Mayo -María Eugenia Ponce de Bianco, Azucena Villaflor de De Vincenti y Esther Ballestrino de Careaga- y a las monjas francesas Leonie Duquet y Alice Domon.

A los juzgados también se los culpó por el robo de bienes de varias de las víctimas. "Los atentados contra la propiedad que se juzgaron en esta causa ocurrieron en el marco de ese ataque generalizado y sistemático dirigido contra un grupo de la población de nuestro país", redactaron los jueces.

Y rescataron unos párrafos de la sentencia de primera instancia: "Integrantes de la unidad de tareas, con el objeto de ocultar su accionar y verse libres de la responsabilidad internacional que el caso comenzaba a aparejar sumado a la intervención del gobierno francés para el esclarecimiento de los hechos y la presión de organismos internacionales, montaron una puesta en escena destinada a hacer creer a la población y al mundo que los secuestrados en cuestión, en particular el de las religiosas francesas, debían adjudicarse a la Organización Montoneros".