Normativa anti-piquetes: entre la libertad y la organización

En las democracias occidentales, como en Argentina, los piquetes no son objeto de regulaciones específicas: están regidos por las mismas leyes que cualquier reunión en la vía pública. Bastaría con aplicar la ley

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 Télam 162
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El primero de marzo, la presidente Cristina Fernandez de Kirchner declaró frente al Congreso: "Todo el mundo tiene derecho a protestar, pero no cortando las calles, impidiendo que la gente vaya a trabajar. Creo que vamos a tener que legislar sobre una norma de respeto y convivencia urbana".

En otros países, en semejanza con la legislación actual en Argentina, las manifestaciones en la vía pública requieren un aviso por anticipado, pero su realización está garantizada. No se hace diferencia entre piquetes y cualquier otra reunión pública.

En los Estados Unidos, cuya constitución vigente es una de la más antiguas del mundo, la libertad de reunión aparece en la primera enmienda: "El Congreso no hará ley alguna por la que se adopte una religión como oficial del Estado o se prohíba practicarla libremente, o que corte la libertad de palabra o de imprenta, o el derecho del pueblo de reunirse pacíficamente y para pedir al gobierno la reparación de agravios". Los estadounidenses reconocen a la libertad de expresión una primacía por sobre cualquier otra libertad.

En cuanto al "Viejo Continente", la ley española reconoce el derecho de reunión -"manifestación primordial de los derechos fundamentales"- y dice: "En relación a las reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones, se exige la comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración de orden público, con peligro para personas o bienes, siguiendo de esta forma las normas recogidas en el artículo 21 de la Constitución."

Este aviso previo permite que se organicen los transportes públicos y los demás ciudadanos en previsión del corte.

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En los días previos a un piquete en Francia -otro país con una larga historia de lucha social-, se puede consultar el itinerario de la protesta, y las líneas de transportes públicos cuyo recorrido habitual estará bloqueado prevén cambios y hacen campañas de información. Así se garantiza el derecho a la libre circulación en el mundo: con cohesión y organización.

En los países occidentales en general, el piquete no tiene un estatuto legal propio sino que queda comprendido en las mismas normativas que regulan las manifestaciones públicas

En Argentina, la regulación del derecho de reunión en lugares públicos también prevé la solicitud de permiso previo "a la autoridad policial" para "la realización de reuniones en la vía pública o en lugares habitualmente abiertos al público en general, con o sin desplazamiento".

Y se especifica que el permiso sólo puede ser denegado cuando la reunión tenga "el propósito encubierto de provocar desórdenes públicos o daños", si se persigue "un objeto ilícito" o si "la entidad organizadora" no está "legalmente reconocida por la autoridad competente".

Pero las autoridades argentinas han pasado de eludir la aplicación de la ley al permitir cortes de calle y manifestaciones sin permiso previo -y en muchos casos sin entidad organizadora identificada- a querer ahora reglamentar el derecho de manifestación, cuando lo que realmente necesita el ciudadano -tanto el que manifesta como el que quiere ir a su trabajo- es la aplicación de una ley que ya existe.


Por Emma Donada edonada@infobae.com