Caso Noble Herrera: Casación avaló la extracción compulsiva contradiciendo fallos de la Corte Suprema

La Sala II rechazó un recurso que impugnaba la realización de un examen compulsivo de ADN a los hermanos Marcela y Felipe Noble Herrera. Los abogados de la familia consideraron que la resolución es inconstitucional y marcaron antecedentes de la Corte en ese sentido

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 Télam 162
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Los jueces Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci avalaron la extracción compulsiva de los hermanos Noble Herrera, pese a que la Corte Suprema ya ha declarado la inconstitucionalidad de este tipo de medidas en diferentes oportunidades, ya que vulneran derechos fundamentales de las personas.

El fallo también delimitó el alcance de la confrontación de los perfiles biológicos de Marcela y Felipe Noble Herrera a casos denunciados hasta mayo y julio de 1976, fechas en que la Justicia otorgó las guardas de los hermanos, informó el grupo Clarín.

Los abogados de Marcela y Felipe Noble Herrera consideraron que la resolución "es inconstitucional, desconoce la jurisprudencia de la Corte Suprema y vulnera los tratados internacionales de derechos humanos". "Una ley no puede transformar en constitucional algo que no lo es", destacaron los letrados.

Puntualmente, los letrados recordaron que en los casos Vázquez Ferrá y Gualtieri de Prieto, la Corte "ha sido muy clara en cuanto considera inconstitucional la extracción compulsiva de sangre respecto a mayores de edad no imputados de delito alguno".

En el último de estos fallos, la Corte sostuvo que "no existe convención ni costumbre internacional alguna que habilite a un Estado a cumplir un mandato internacional negando o violando otro".

Y también, que "la garantía protegida en el caso de quien, siendo adulto, se niega a una extracción de sangre, es la autonomía en la esfera de la individualidad personal protegida por el artículo 19 de la Constitución Nacional. (…) Esa frontera, construida sobre las bases históricas más memorables de la libertad humana, no puede ser atravesada por el Estado".