La Justicia excarceló a un ex contador de Skanska

La Cámara en lo Penal Económico dispuso la libertad de Alfredo Greco, empleado de la constructora sueca. Aún siguen detenidos Adrián Félix López y Miguel Hernández, ambos de la empresa fantasma Infiniti 

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Los jueces de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, Roberto Hornos y Nicanor Repetto -en reemplazo del juez Carlos Pizzatelli, en uso de licencia-, revocaron la decisión de primera intancia y concedieron la excarcelación a Alfredo Greco, contador de la empresa Skanska, de origen sueco.
 
Asimismo, dispusieron que en el tribunal de grado fije la caución real que Greco deberá depositar para estar en libertad.
 
El juez Marcos Grabivker votó en disidencia. Este magistrado consideró que el delito presuntamente cometido por Greco no era excarcelable y era especialmente grave; y, además, que si el contador estuviera en libertad podría dificultar la investigación.
 
Una de las argumentaciones más contundentes de este último camarista se basa en un antecedente surgido a partir de una petición del acusado. Éste había solicitado un permiso especial para viajar al interior de la Argentina, con la condición de presentarse en una determinada fecha ante la Justicia. El ex contador de Skanska no cumplió con el requisito básico.
 
"Finalmente, de la foja 66 del incidente de exención de Greco surge que el nombrado profesional solicitó autorización para viajar a la provincia de San Luis y que se le concedió la autorización con la obligación de presentarse ante los estrados del tribunal el día 7 de mayo de 2007; como el nombrado no se presentó el día en que debía haberlo hecho, el juzgado a quo revocó la exención de prisión que había sido concedida a Alfredo Norberto Greco", según dice el fallo al que tuvo acceso Infobae.com.

El juez concluye por lo tanto que cabe suponer que Greco "entorpecerá la investigación".
 
Entre los considerandos de la resolución a los que accedió este medio, el juez Hornos decidió "conceder la excarcelación" bajo "caución real". También le impone "la prohibición de salir del país y de ausentarse del domicilio que deberá denunciar, por más de veinticuatro horas sin autorización judicial y la obligación de presentarse ante los estrados del tribunal de la instancia anterior cada quince días".
 
De idéntica forma votó el magistrado Repetto.