- La Cámara Federal decretó ayer la invalidez de los indultos que beneficiaron a ex jefes de la Armada acusados de haber cometido violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar.
El fallo fue dictado por la Sala II del Tribunal, que se sumó de esta manera al criterio de sus colegas de la Sala I, quienes habían cuestionado meses atrás la validez de los indultos dictados durante el Gobierno del ex presidente Carlos Menem.
En este caso, la Sala II confirmó el fallo dictado por el juez federal Sergio Torres, quien dictaminó la inconstitucionalidad del decreto 1002/89 en el marco de la investigación por los crímenes cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
Con este indulto fueron beneficiados a los ex vicealmirantes Antonio Vañek y Julio Antonio Torti, a quienes se involucra con diversos casos de secuestro y tortura en el centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA.
Ese indulto fue firmado el 6 de octubre de 1989 por Menem, quien esgrimió "la necesidad de adoptar medidas que generaran las condiciones propicias para alcanzar la concordia, el mutuo perdón, la reconciliación, la pacificación y la unión nacional, superando los pasados hechos luctuosos, los enfrentamientos, los desencuentros y los factores de perturbación social".
"Es menester señalar que el decreto analizado impuso restricciones al ejercicio de la acción penal en casos en los que se hallan involucrados atentados contra bienes jurídicos individuales fundamentales (como la vida, integridad física, salud, libertad)", indicaron los camaristas.
Agregaron que se trató de "un ataque generalizado realizado con la participación o tolerancia del poder político, caracterizados como crímenes contra la humanidad".
Según los jueces, la aplicación del decreto "tuvo como consecuencia automática que quedaran impunes hechos que desconocieron la dignidad humana, excluyendo al Poder Judicial de juzgamiento de tales ilícitos, incumpliendo obligaciones internacionales y desconociendo derechos de las víctimas y sus familiares".
Con respecto a los planteos de las defensas de los imputados, quienes cuestionaron que al decretarse inválidos los indultos se somete a los militares a un doble juzgamiento, la Cámara aclaró que no puede hablarse de una circunstancia de ese tipo puesto que se trata es de "reasumir la pretensión punitiva en una misma causa y respecto de personas que venían siendo juzgadas en el mismo expediente".
Además, los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Horacio Luraschi destacaron que al momento del dictado del indulto ya existían normas internacionales que permitían cuestionar la legalidad de los indultos.
"Para la fecha de la firma del decreto 1002/89, el Congreso ya había aprobado la Convención Americana de Derechos Humanos, así como también el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes", detallaron los jueces.
También recordaron que, según el criterio de la Corte, esos pactos internacionales "formaban parte del derecho interno".
Como consecuencia de la decisión de los camaristas, la situación de Vañek y Torti se retrotraerá a la fecha anterior en la que, como consecuencia del dictado del indulto, se dispusieron sus sobreseimientos.
La decisión de la Cámara seguramente será apelada por los defensores ante la Cámara de Casación de Penal, pero será la Corte Suprema la que tenga la última palabra tal como sucedió con las inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
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