Deberán indemnizar a gerente por el uso del auto y del celular

La Justicia condenó a la empresa a aumentar la indemnización del sujeto, que había cobrado un monto que no incluía el automóvil y el móvil

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(NA) -- La Cámara Laboral porteña decidió incrementar la indemnización que debe cobrar el gerente de una empresa que había sido despedido, tras evaluar que la adjudicación de un vehículo y un celular también debían considerarse como una ventaja patrimonial, cuyo beneficio perdió el empleado al ser desvinculado de la firma.

En un fallo dado a conocer hoy en los Tribunales porteños, los jueces de la Sala décima de la Cámara Laboral hicieron lugar a un planteo presentado por el empleado despedido.

Al ser despedido, el gerente había cobrado la indemnización correspondiente a su puesto, considerado "de jerarquía", pero en la misma no estaban contemplados como montos resarcitorios el uso del celular ni el vehículo que tenía asignado para su movilidad personal y profesional.

El ex empleado inició una demanda ante la Justicia reclamando ese dinero y los jueces Gregorio Corach y Julio César Simón le dieron la razón.

"Por su posición social los tenía incorporados necesariamente a su estilo de vida", estimaron los camaristas en el fallo difundido hoy.

En esta línea, los jueces consideraron que "la adjudicación del vehículo y del celular evitó el gasto que de todos modos el actor hubiera realizado y en consecuencia importó una ventaja patrimonial que debe considerarse contraprestación salarial".

Al debatir sobre el asunto, los jueces asumieron que "podría discutirse, en cierta forma, la inclusión del uso del automóvil y del celular en el concepto de remuneración, si el vehículo y el teléfono móvil se suministran al trabajador para que cumpla con su tarea o aún para agregarle un grado de confortabilidad".

"Pero ello no ocurre cuando, como en el caso, se trata de un ejecutivo que por su posición social tenía el automóvil y el celular incorporados necesariamente a su estilo de vida", reconocieron los jueces.

El demandante "utilizaba los elementos en cuestión libremente en su vida laboral y privada, haciéndose cargo la accionada (la empresa) de todos los gastos", por lo que los jueces decidieron incrementar la indemnización en lo relacionado a estos rubros "en la suma de 1000 pesos mensuales".