Comenzó el juicio por el femicidio de Corina Mabel Mena ante un jurado popular en Junín de los Andes

El proceso judicial investiga el asesinato ocurrido en junio de 2025. La fiscalía sostiene que el crimen fue motivado por celos y control en un contexto de violencia de género. El acusado enfrenta la expectativa de cadena perpetua

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Corina Mena, la víctima de violencia de género (LM Neuquén)

Comenzó ayer martes el juicio por el femicidio de Corina Mabel Mena y las lesiones sufridas por una amiga de la víctima, en un hecho ocurrido en junio de 2025 en Junín de los Andes.

El caso es seguido de cerca por la comunidad debido a la gravedad de los hechos y al contexto de violencia de género que la fiscalía atribuye al imputado. El debate judicial se desarrolla ante un jurado popular compuesto por doce personas titulares y presidido por el juez técnico Juan Pablo Balderrama.

La expectativa de pena para el acusado es la de cadena perpetua, por lo que la instancia del jurado popular resulta obligatoria según la legislación vigente. El proceso está previsto hasta el viernes 30 de mayo, aunque podría extenderse si los alegatos finales y la deliberación así lo requieren. En representación del Ministerio Público Fiscal intervienen el fiscal jefe Gastón Ávila y la asistente letrada Lucila Maggiora.

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El hecho investigado ocurrió el 7 de junio de 2025, cerca de las 6:40, en una vivienda del barrio Los Pobladores en Junín de los Andes. De acuerdo con la teoría de la fiscalía, durante una discusión motivada por celos, el acusado atacó con un cuchillo a la amiga de Corina, identificada como M.D.G.T., provocándole una herida abdominal que requirió aproximadamente 25 días de recuperación.

Segúnlo informado por el portal LM Neuquén, cuando Mena intervino para recriminar la agresión, recibió una puñalada en el tórax que le perforó el corazón y le causó la muerte por una lesión cardíaca perforante y hemotórax.

Según expuso Ávila en su alegato de apertura ante el jurado, la fiscalía sostiene que se trató de un crimen motivado por celos y conductas de control ejercidas por el acusado sobre la víctima, en el marco de una relación marcada por episodios de violencia psicológica. La acusación descarta la hipótesis de un hecho aislado y apunta a la existencia de antecedentes de maltrato y control en la pareja.

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De acuerdo con la fiscalía, el crimen de Corina Mabel Mena no fue un episodio casual, sino la culminación de una relación atravesada por violencia de género. El fiscal jefe señaló que el acusado ejercía “conductas de control” y que la víctima había sufrido situaciones previas de violencia psicológica. Tras cometer el ataque, el imputado huyó del lugar, ocultó el arma, preparó una mochila y organizó su traslado a una zona rural cercana a la ciudad, según la acusación.

El Ministerio Público Fiscal interpreta estas acciones como señales de que el acusado “comprendía la criminalidad de sus actos y actuó con plena conciencia”, por lo que buscará demostrar la existencia de premeditación y la intencionalidad en el hecho. La fiscalía presentará pruebas testimoniales de familiares, amistades y profesionales que intervinieron en el caso, junto a peritajes médicos, psicológicos y psiquiátricos, además de registros fílmicos relevados durante la investigación.

Uno de los testimonios clave será el de M.D.G.T., quien sobrevivió al ataque y podrá aportar detalles sobre la dinámica de los hechos y la relación entre el acusado y la víctima. Según la acusación, la agresión fue consecuencia de una discusión por celos dentro de la vivienda.

El hombre acusado de la muerte por violencia de género en Junín de los Andes aparece en pantalla con un semblante serio (LM Neuquén)

La defensa del imputado solicitó que el jurado estuviera integrado, al menos en parte, por miembros de la comunidad mapuche, dado que el acusado pertenece a ese pueblo originario. El pedido fue rechazado por el juez Balderrama, quien coincidió con la postura del Ministerio Público Fiscal. El magistrado explicó que la ley no exige que los jurados sean miembros de comunidades originarias, sino que cuenten con conocimiento sobre su cultura, costumbres y formas de vida.

Durante la audiencia, el juez citó el artículo 109 del Código Procesal, que remite a convenios internacionales sobre el juzgamiento de integrantes de pueblos originarios. Balderrama aclaró que la normativa establece la necesidad de conocer las pautas culturales, pero no implica necesariamente que los jurados deban formar parte de esas comunidades. Tras entrevistar a los convocados, el juez consideró que el tribunal reunía condiciones de pluralidad y diversidad cultural suficientes, sin requerir la fijación de un cupo obligatorio.

El juicio continuará durante la semana, con la exposición de pruebas y los testimonios previstos, y podría extenderse si el calendario de audiencias lo requiere. La expectativa de la fiscalía es que el proceso permita demostrar la existencia de violencia de género previa y la responsabilidad penal del acusado en los delitos imputados.

El desarrollo del juicio será seguido por la comunidad y por organizaciones que reclaman justicia en casos de femicidio, atentos a la aplicación de la perspectiva de género y el respeto por los derechos de las víctimas y sus familiares.

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