Gratificación Julio 2026: ¿En qué consiste el pago de la bonificación extra el cual te beneficiará en Fiestas Patrias?

El abono adicional correspondiente a julio beneficia a quienes figuran en planilla y están afiliados a EsSalud o a una EPS, de acuerdo con la Ley N.º 27735 y su reglamento

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Una mano sostiene un recibo de haberes con conceptos de gratificación y beneficios laborales en un escritorio de oficina en Perú, junto a una calculadora y documentos de planilla. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La gratificación por Fiestas Patrias 2026 trae un beneficio adicional para los trabajadores del sector privado en Perú. Además del pago habitual correspondiente a julio, la legislación exige una bonificación extraordinaria vinculada a EsSalud, según lo estipula la Ley N.º 27735 y su reglamento. Este abono extra, que debe realizarse a más tardar el 15 de julio, da un ingreso adicional al trabajador que tanto anhela recibir este derecho laboral durante el mes de julio.

El beneficio complementario está dirigido a quienes cuenten con contrato a plazo indeterminado, modalidad de tiempo parcial o trabajo remoto. El pago, según la normativa vigente, corresponde a trabajadores que se encuentren afiliados a EsSalud y también a aquellos inscritos en una Entidad Prestadora de Salud (EPS), aunque con montos diferenciados.

¿En qué consiste la bonificación extraordinaria de EsSalud?

La norma establece que, junto a la gratificación regular por Fiestas Patrias, el empleador debe abonar una bonificación extraordinaria equivalente al 9% del monto de la gratificación a favor de los trabajadores afiliados a EsSalud. Esta disposición, incluida en la Ley N.º 27735, busca compensar el aporte que durante el mes de julio no se destina a la seguridad social por concepto de gratificación.

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Para quienes se encuentran afiliados a una EPS, la bonificación extraordinaria es de 6,75% del monto de la gratificación. La diferencia responde a los esquemas de financiamiento de cada sistema de atención en salud, según explicó el Centro Legal de la CCL.

Un empleado en Perú revisa el comprobante digital de un depósito bancario, el cual incluye conceptos de gratificación y bonificación extraordinaria. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Quiénes acceden y quiénes quedan excluidos del beneficio

El pago de la gratificación y la bonificación extraordinaria aplica para trabajadores con contrato vigente bajo modalidad de tiempo completo, tiempo parcial o trabajo remoto, siempre que figuren en planilla y registren aportes a la seguridad social. La legislación peruana, a través de la Ley N.º 27735, delimita el universo de beneficiarios a quienes tengan vínculo laboral formalizado y cumplan con los criterios de afiliación a EsSalud o a una EPS.

No todos los regímenes laborales acceden a la gratificación por Fiestas Patrias. El texto legal no detalla cuáles quedan excluidos, pero históricamente se exceptúan los trabajadores de regímenes agrarios, microempresas acogidas a la Ley MYPE y empleados del sector público, salvo disposiciones expresas emitidas por el Estado.

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Manos sin rostro sostienen una maqueta de casa junto a tarjetas plásticas con los logos de EsSalud y de una Entidad Prestadora de Salud, simbolizando la protección social y el beneficio laboral. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Plazos y condiciones para el depósito

El empleador está obligado a efectuar el depósito de la gratificación y la bonificación extraordinaria hasta el 15 de julio. La Cámara de Comercio de Lima precisó que el monto debe figurar en la planilla de pagos y ser transferido en una sola exhibición, aunque el colaborador haya tenido periodos cortos de suspensión perfecta o licencia sin goce remunerativo durante el semestre anterior.

El cálculo del beneficio considera los meses completos trabajados entre enero y junio. Por cada mes calendario trabajado, el empleado tiene derecho a la sexta parte de la gratificación y la bonificación adicional. Si el trabajador no completó el semestre, solo percibirá el proporcional correspondiente, siempre que haya laborado al menos un mes en el periodo de referencia.

Para quienes reciben gratificación, julio suele abrir tres destinos principales: consumo, ahorro o pago de deudas.

Cómo se calcula la gratificación y la bonificación extra

El monto de la gratificación equivale a una remuneración mensual íntegra, según la Ley N.º 27735, si el trabajador ha laborado todo el semestre. Si el vínculo comenzó después de enero o existieron ausencias no justificadas, el pago será proporcional. Sobre esa base, el empleador debe calcular el 9% o el 6,75% como bonificación extraordinaria, dependiendo de la afiliación del colaborador.

Por ejemplo, si un trabajador con un sueldo de 2.000 soles recibe una gratificación de igual monto, la bonificación por EsSalud ascenderá a 180 soles. Para quienes están afiliados a una EPS, la bonificación será de 135 soles. Estas cifras se suman al pago total de julio y deben aparecer diferenciadas en el recibo de haberes.

Una mano recibe un sobre de gratificación junto a billetes de soles peruanos y una calculadora en una mesa. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Exigencias y fiscalización del cumplimiento

La normativa vigente faculta a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para supervisar el cumplimiento en los plazos y montos de los depósitos. Las empresas que incumplan con el pago de la gratificación o la bonificación extraordinaria pueden recibir sanciones económicas y administrativas. Los trabajadores afectados tienen derecho a presentar denuncias ante la Sunafil para exigir el abono de lo que les corresponde.

Se recomienda a los empleadores revisar la planilla y realizar los cálculos con precisión para evitar contingencias legales. Además, sugirió a los trabajadores solicitar información sobre el monto y la fecha de pago, así como verificar la constancia de depósito en sus cuentas bancarias.

Un trabajador presenta un reclamo laboral en una oficina institucional que muestra el logo de Sunafil. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Otras consideraciones laborales

La gratificación y la bonificación extraordinaria forman parte de los ingresos sujetos a descuentos legales, salvo el aporte a EsSalud, que en este caso se compensa con la bonificación. El trabajador recibirá el monto íntegro, libre de retenciones, salvo deudas alimenticias u órdenes judiciales específicas.

Las empresas deben informar a sus colaboradores sobre los conceptos y montos pagados, y entregar el recibo o boleta correspondiente. En caso de dudas o controversias, los empleados pueden acudir a la Sunafil o consultar con especialistas en derecho laboral para resguardar sus derechos.

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