
BiPay será la nueva billetera digital que ingrese masivamente en el mercado peruano. Se trata del producto de la empresa de Bitel, el conglomerado tecnológico vietnamita Viettel, el cual ha destacado por haber sido escogido como parte del piloto de emisión de dinero electrónico del BCRP.
En noviembre, BiPay había enviado su solicitud de autorización de organización a la Superintendeica de Banca, Seguros y AFP (SBS), para constituirse como empresa emisora de dinero electrónico. Es decir, como una especie de billetera digital como la aplicación Yape, del BCP.
Ahora, la SBS ha autorizado “la organización de [...] BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A., aprobándose para tal efecto el proyecto de minuta de constitución presentado por el organizador, el cual se devuelve debidamente autenticado con el sello oficial”. Sin embargo, aún hay algunos pasos más para que pueda ‘operar’.

SBS autoriza organización de BiPay
De acuerdo con la minuta de constitución y la documentación presentada en el expediente de BiPay, la “sociedad BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A.” cuenta con un capital social de S/ 4 millones, que se encuentra “íntegramente suscrito y pagado”.
De este, Viettel Perú S.A.C. participa con 3 millones 999 mil 999 acciones, equivalentes al 99,999975 % del capital social, mientras que el señor Ngoc Anh Nguyen suscribe 1 acción, equivalente al 0,000025 % del capital social. Así, se acredita que Viettel Perú S.A.C. ostenta la condición de organizador y accionista mayoritario de la empresa.
Así, la SBS ha autorizado a la empresa a organizarse como empresa que emite dinero electrónico, lo que contó con el visto de bueno las siguientes entidades:
- Las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, y de Regulación y Jurídica
- Las Gerencias de Riesgos, Estudios Económicos y Conducta de Mercado e Inclusión FinancieraL
- Banco Central de Reserva del Perú emitió emisión favorable, remitida mediante Carta Nº 0001-2026-FIN300-N.

Aún tendrá que enviar su solicitud de funcionamiento
Sin embargo, para la autorización de funcionamiento de BiPay Empresa Emisora de Dinero Electrónico S.A. en organización, se deberá cumplir dentro del plazo de ley, con las exigencias establecidas en el Capítulo III del Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, y otros requerimientos establecidos por la Superintendencia.
Es decir, se ha autorizado a BiPay a organizarse como empresa que emite dinero electrónico, pero no para funcionar técnicamente.
Según el capítulo III del Reglamento de autorización de empresas y representantes de los sistemas financieros y de seguros, “los organizadores deben cumplir con todos los requisitos exigidos para el funcionamiento de la empresa de acuerdo con la información presentada en la etapa de organización, y presentar la solicitud de autorización de funcionamiento en un plazo máximo de 360 días de otorgado el certificado de autorización de organización”.
Asimismo, en el caso de que los organizadores no cumplan con presentar la solicitud de autorización de funcionamiento en el plazo antes indicado (es decir, un año), la Superintendencia acepta a trámite la solicitud, estando facultada a no modificar los plazos que requiere para realizar la evaluación integral de la solicitud de funcionamiento.
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